Auxilio funerario Colpensiones 2025: requisitos, montos y cómo solicitarlo
El monto que deberá recibir no podrá ser inferior a cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes. Todo lo que necesita saber, aquí.
A partir del 1 de julio de 2025, entrará en vigor el nuevo sistema pensional de Colombia, diseñado para ampliar la cobertura de pensiones. Este modelo estará estructurado en cuatro pilares: semicontributivo, contributivo, solidario y de ahorro voluntario.
Uno de los aspectos clave de la reforma, y que pocos conocen, es que Colpensiones seguirá ofreciendo el auxilio funerario, un beneficio económico destinado a quienes acrediten haber asumido los gastos relacionados con el funeral o entierro de un afiliado o pensionado por vejez o invalidez.
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De acuerdo con la reforma pensional aprobada, el auxilio funerario seguirá siendo otorgado, siempre que la persona interesada cumpla con ciertos requisitos indispensables. Si desconoce cuáles son las condiciones necesarias, el monto que corresponde o el proceso para solicitarlo, aquí le explicamos todo lo que necesita saber.
Requisitos para aplicar al auxilio funerario en 2025
- Documento de identificación original.
- Registro civil de defunción del afiliado o pensionado, con fecha de expedición no mayor a (3) tres meses.
- Factura de gastos funerarios con sello de cancelado, en la que se indique nombres y apellidos, de quien canceló la factura y descripción de los servicios prestados.
- Certificación expedida por el centro que prestó el servicio fúnebre.
- Contrato pre exequial en caso de que exista.
- Carta de autorización por parte de los herederos autorizando a uno solo para el respectivo cobro.
- Formato cuenta pago, que contiene la información donde será consignado el valor del auxilio funerario.
- Si es tercero autorizado, carta de autorización con las facultades específicas, cédula de ciudadanía del autorizado y de quien la otorga.
Cuál es el monto de auxilio funerario otorgado
Los documentos deberán presentarse ante Colpensiones, la entidad responsable de gestionar el proceso. El monto del auxilio funerario será determinado según tres tipos de casos:
- Lo equivalente al último salario base de cotización o al valor correspondiente a la última mesada pensional recibida. En ninguno de estos casos el auxilio podrá ser inferior a cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes ni superior a diez veces dicho salario.
- Pensión familiar: los cónyuges o compañeros permanentes beneficiarios tendrán derecho a percibir un auxilio funerario equivalente al 50% de la prestación.
Dónde debe solicitarse el auxilio en 2025
La reforma pensional estableció que el auxilio funerario será asumido y pagado por parte del Componente de Prima Media administrado por Colpensiones. De acuerdo con la entidad, el beneficio se puede solicitar de la siguiente manera:
- En línea: en el portal web, www.colpensiones.gov.co. Tenga listos los soportes y acceda al menú “Colpensiones digital”, opción “Portal de trámites”. Seleccione “Auxilio funerario”, regístrese y siga los pasos.
- Presencial: Punto de Atención Colpensiones (PAC). Reúna los soportes y diligencie los formularios que aplican. Radique la solicitud con su documento de identificación.