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C. Constitucional admite demanda contra cambio de nombre de Fuerza Aérea por Fuerza Aeroespacial

En el artículo quinto de esta ley se establece que la Fuerza Aérea Colombiana, desde ese momento en adelante, se llamará Fuerza Aeroespacial Colombiana.

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Actualizado:
Viernes, Septiembre 22, 2023 - 10:58
Corte Constitucional Referencia
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RcnRadio

La Corte Constitucional admitió para estudio una demanda contra la ley 2302 de 2023, en la que se adoptan medidas para garantizar la defensa e integridad territorial en el ámbito espacial y se dictan otras disposiciones. 

En el artículo quinto de esta ley se establece que la Fuerza Aérea Colombiana, desde ese momento en adelante, se llamará Fuerza Aeroespacial Colombiana y así será reconocida para los efectos legales necesarios. 

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La demanda argumenta que los congresistas, por medio de una ley ordinaria, no puede modificar la nomenclatura de un ente, cuando ella ha sido dada por la propia Constitución. 

"Agregan que si bien el cambio de una denominación puede ser materia de una simple reforma constitucional y no de un cambio de fondo, de ello no se sigue que el legislador pueda hacer aquello que sólo puede hacer el constituyente", menciona el auto de admisión de la demanda. 

En el documento mencionan que las leyes ordinarias solo podrían modificar entes sin una denominación específica como un ministerio, pues explica que ya han pasado casos en los que se cambia o agregan apartados a los nombres. 

El demandante además explica mediante ejemplos, que este tipo de cambios debe hacerse con una reforma constitucional, pues recordó el caso del cambio de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura para convertirla en la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. 

"La demanda señala que fue necesario derogar el artículo 76 de la Constitución, para que la ley pudiera denominar a la Comisión de Regulación de las Comunicaciones y, en igual sentido, que fue necesario modificar la Constitución para que el Distrito Capital dejara de llamarse Santa Fe de Bogotá y pasara a denominarse Bogotá", señala uno de los apartes del auto.

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Para la corte, esta demanda cumple con los requisitos mínimos para realizar el proceso de revisión constitucional, por lo que determinaron aceptar este recurso y analizar si el cambio del nombre de la institución debe mantenerse. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información