Cambió el Pico y Placa en Bucaramanga: restricción para este viernes 5 de julio
El Pico y Placa en Bucaramanga sufrió una rotación a partir del 1 de julio, por lo que los días de restricción cambiaron.
A través de la Resolución 626 de 2023, se emitió un nuevo modelo de Pico y Placa en Bucaramanga, que rotará cada tres meses. Esta medida entrará en vigencia desde el martes 2 de julio, teniendo en cuenta que el día anterior fue festivo.
La Dirección de Tránsito de Bucaramanga indicó que las restricciones aplicarán para todo tipo de vehículos de servicio particular y público (excepto taxis), así como vehículos oficiales, diplomáticos, consulares, de importación temporal y/o matrícula extranjera.
A diferencia de otras ciudades en Colombia, en Bucaramanga la medida rige de lunes a viernes desde las 6:00 a.m. hasta las 8:00 p.m., y los sábados desde las 9:00 a.m. hasta la 1:00 p.m.
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¿Cómo funcionaba el Pico y Placa en Bucaramanga?
Hasta el domingo 30 de junio, el Pico y Placa en Bucaramanga operaba de la siguiente manera:
- Lunes: placas terminadas en 1 y 2
- Martes: placas terminadas en 3 y 4
- Miércoles: placas terminadas en 5 y 6
- Jueves: placas terminadas en 7 y 8
- Viernes: placas terminadas en 9 y 0
Los sábados, la rotación comenzó el 6 de abril, iniciando con las placas terminadas en 5 y 6, y continuando con las demás terminaciones.
¿Cómo funcionará para este 5 de julio?
Con el nuevo esquema, el viernes 5 de julio no podrán circular los vehículos con placas terminadas en 1 y 2. Mientras que para los taxis aplica para aquellos que finalicen en 3 y 4. Esta medida va entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m.
¡Atención Conductores! 🚗 🏍️
El próximo 2 de julio inicia la rotación del #PicoyPlaca que rige para vehículos particulares y motocicletas. Verifique qué día de la semana le corresponde la restricción y prográmese para movilizarse sin contratiempos.#BGAvanzaSegura pic.twitter.com/99p1XZMyyi— Transito Bucaramanga (@transito_bga) June 25, 2024
De acuerdo a la resolución emitida por la autoridad municipal, hay cierto tipo de vehículos que están exentos de la medida; por lo tanto, no necesitan ninguna autorización para transitar. Algunos de ellos son:
- Los destinados a carrozas fúnebres y que prestan servicios funerarios.
- Los que utilizan miembros del gabinete municipal de Bucaramanga y del departamento de Santander.
- Quienes cuenten con motores eléctricos debidamente matriculados.
- Los que se desempeñan en el transporte público de pasajeros.
- Los adscritos a caravanas presidenciales, vehículos oficiales, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, recolectores de basura. Estos deben estar debidamente identificados.
- Los que hacen parte de las Fuerzas Militares y de Policía.
- Los que están afiliados a empresas de servicios públicos y mantenimiento de redes.
- Los que son de propiedad de los medios de comunicación.
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Cabe recordar que quienes incumplan la restricción, recibirán una multa de 15 salarios mínimos, lo que equivale a unos 650.000 pesos. Además, el vehículo será inmovilizado, tal como establece el Código Nacional de Tránsito.