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Cómo saber si un predio está legalizado, qué pasa si no lo está, cómo se debe legalizar

Cerciórese bien de las constructoras si su deseo es comprar vivienda.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Mayo 24, 2022 - 17:55
Construcción de Viviendas - referencial
Construcción de Viviendas - referencial.
Cortesía: Gobernación de Cundinamarca

No cabe duda que el sueño de muchas personas es tener vivienda propia, y ante los diferentes subsidios que ofrecen cajas de compensación, el estado y otras entidades. Algunas personas han podido materializar este anhelo.  

Sin embargo, muchas personas que también quieren comprar su casa, caen en las manos de personas inescrupulosas que haciéndose pasar como falsos contratistas, les quitan el dinero a los ciudadanos, ya que algunos terrenos donde se prevé que se van a realizar las “construcciones”, no cuentan con los permisos requeridos.  

 

Construcción de vivienda
Construcción de vivienda
pixnio.com

¿Cómo saber si un predio está legalizado? 

Para evitar caer en estas malas experiencias, la Secretaría del Hábitat, por medio de la Subsecretaria de Investigación, Vigilancia y Control de Vivienda, brinda algunas recomendaciones que pueden ser demasiado fundamentales a la hora de buscar constructoras que rijan en la legalidad de la venta de viviendas y así evitar caer en estafas.  

Por eso, al momento de usted mostrar interés por alguna constructora, lo primero que debe verificar es que esta empresa cuente con el registro de Cámara y Comercio que esté completamente renovada, vigente y qué, además, tenga el RUT al día. Además, que el proyecto al que usted está aspirando para poder tener vivienda propia, cuente con licencia activa de construcción.  

Así mismo, la Subdirección de Prevención y Seguimiento, mantiene actualizando una base de datos con toda la información de las constructoras que se encuentran registradas y activas, ya sea en persona natural o jurídica y que tengan o no proyectos de vivienda urbanos en la ciudad de Bogotá. 

 

Construcción de viviendas en Caracas
AFP

¿Qué pasa si un predio no está legalizado? 

La Ley 810 de 2003 la cual es la que se modifica a la ley 388 de 1997, menciona que las sanciones de urbanidad y algunas actuaciones de curadores urbanos, pueden incurrir en multas que se dan entre ocho y quince salarios mínimos diarios legales vigentes por el suelo o metro cuadrado de construcción que se encuentre construido según sea este caso, o puede llegar hasta los 200 salarios mínimos legales vigentes, pero no pueden superar este monto en dado caso que un predio esté construido y no tenga la respectiva licencia para funcionar dentro de este terreno. 

 

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¿Cómo se legaliza un predio que no tiene licencia? 

Según como lo menciona el artículo 2.2.6.4.1.1 del Decreto 1077 del 2015, la legalización de una construcción que ya sea existente sin que se haya tenido una autorización por parte de las autoridades competentes, se deberán realizar mediante un trámite y abstención del acto de reconocimiento de esta edificación o construcción. 

Este reconocimiento tiene que ser ejercida por el interesado ante la curaduría o autoridades distritales, para que puedan ser expedidas las respectivas licencias urbanísticas, con la finalidad de hacer una declaración mediante el acto administrativo, el desarrollo arquitectónico que se ejecuta sin tener licencia, siempre y cuando la edificación o construcción cumpla con el uso establecido con las normas de urbanidad vigentes, y que, a su vez, se haya finiquitado como mínimo cinco años antes de la solicitud de reconocimiento. Esto no aplicará en los casos que el solicitante se vea comprometido en obtener la licencia por medio de una orden judicial. 

Así mismo, los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), o aquellos instrumentos que desarrollen o complementen la construcción, tendrán posibilidades de definir las zonas distritales en las cuales se darán los actos de reconocimiento territorial, siempre y cuando cumplan con las normas de urbanidad, para los casos que se determine el terreno. 

Fuente:
Sistema Integrado Digital