Condenan a la Nación por policías que obligaron a joven a comer bazuco
De 19 años de edad, fue detenido cuando transportaba una bolsa con 30 papeletas de bazuco y las autoridades lo obligaron a comerla.
El juzgado quinto administrativo de Medellín condenó a la Nación, representada en el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, por la muerte del joven Juan David Osorio Rodas, quien fue detenido el 23 de enero de 2015 en el centro de la capital de Antioquia.
El joven de 19 años de edad fue detenido cuando transportaba una bolsa con 30 papeletas de bazuco. Acto seguido fue trasladado hasta el CAI en el Parque de Bolívar en Medellín para su registro.
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Sin embargo, pocas horas después el joven salió de la estación de policía rumbo al restaurante en el que trabajaba como domiciliario. Después de narrarle a la administradora lo que le había pasado se desmayó, situación por la cual fue trasladado de urgencia a un centro médico cercano.
Pese a las acciones de los galenos, el joven falleció por un fallo cardiorespiratorio "ocasionado por intoxicación con cocaína". ¿Pero qué fue lo que pasó el CAI? Antes de desmayarse el joven le comentó a su jefa que había sido obligado por los policías a comerse el bazuco que le fue incautado.
En el fallo administrativo revelado por el diario El Colombiano, se señala que una mujer que estaba muy cerca al CAI indicó que los uniformados encerraron al joven de 19 años y le ordenaron que se comiera todo lo que estaba en la bolsa.
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“Él llega y le destapa la bolsa y se los pone en la mano al joven, incluso se le cae uno al piso, y le dice ‘lo recoge y se lo tiene que comer’. El joven se los embute todos en la boca, el policía simplemente lo observa”, señala la decisión judicial al citar la declaración de una testigo.
La mujer detalló como el patrullero Jorge Mauricio Torres obligó al joven para que comiera toda la droga. Después que consumió todas las embolturas Juan David Osorio intentó tomar agua, pero uno de los policías "le pegó dos calvazos y no lo dejó. Le dijo 'abra la boca', y cuando vio que no tenía nada, le dijo 'váyase de acá' que no lo quiero ver".
Estas declaracione fueron claves en la investigación penal que se adelantó contra el patrullero. El ente acusador tuvo en cuenta además que los policías ni siquiera realizaron el registro del joven al CAI pese a que las pruebas materiales evidencian que estuvo en la estación.
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Pese a que la defensa del policía indicó que el joven había consumido el bazuco por su propia voluntad buscando eliminar toda la evidencia y así salir del CAI. Sin embargo, no existieron elementos materiales probatorios para comprobar esta explicación.
Por estos hechos, en julio de 2017 la Sala Penal del tribunal Superior de Antioquia revocó el fallo que absolvió al patrullero y lo condenó a 10 años de prisión por su responsabilidad en el delito de homicidio preterintensional.
Este fallo fue la base para la demanda administrativa que terminó con la condena contra el Ministerio de Defensa y la Policía. “El uso innecesario y desproporcionado de la fuerza - que en este caso no fue física sino psicológica - ocasionó en la víctima una presión exagerada, viéndose constreñido a ingerir una cantidad de sustancia sicoactiva que en forma posterior causó su fallecimiento”.
La Institución deberá pagar una indemnización a la familia del joven por los daños y perjucios causados. Sin embargo, la Institución no aceptó pedir excusas en un acto público.