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Consejo de Estado salvó a MinTIC de pagar millonaria sanción a la ETB

La batalla de la ETB inició por la falta de información en la compensación de los subsidios entregados en 1998 a los estratos 1, 2 y 3.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Agosto 6, 2015 - 10:56

El Consejo de Estado se inhibió de pronunciarse de fondo en la demanda que interpuso la ETB contra el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en la cual reclamaba el pago de casi 22.000 millones de pesos como indemnización por la supuesta falta de información por parte del Fondo de Comunicaciones para obtener la compensación de los subsidios entregados en 1998 a los estratos 1, 2 y 3.


 


Según la demanda, durante estos años, la ETB otorgó subsidios a los estratos 1, 2 y 3, los cuales como no pudieron ser compensados con las contribuciones de los estratos 5 y 6, predios industriales y comerciales, le generaron un déficit que superó los dos mil millones de pesos, por lo que solicitó el reembolso de los dineros al Fondo de Comunicaciones, quien respondió de forma negativa. 


 


Asimismo, en la demanda la ETB se argumentó falta de información y al considerar que existió omisión por parte del Ministerio, el déficit debe ser suplido.


 


Sin embargo, para el alto tribunal, lo que la ETB pretendía era enjuiciar la legalidad de las decisiones de la administración y de los actos administrativos que estaban vigentes, por lo que no debió acudir a una acción de reparación directa, sino a una acción de nulidad contra dichas resoluciones.


 


"El daño por cuya reparación la actora adelantó el presente proceso, proviene de decisiones administrativas, proferidas por el Ministerio de Comunicaciones y el Fondo de Comunicaciones, en desarrollo de las funciones que establece la ley, de manera que, para obtener la reparación del daño causado, era del caso controvertir la legalidad de la voluntad de la administración, a través de la acción correspondiente, esto es la consagrada en el artículo 85 del C.C.A. (nulidad), con la posibilidad, en los términos de la norma, de obtener la reparación de los derechos de orden subjetivo que dice le fueron vulnerados", indicó la sentencia.

Fuente:
Sistema Integrado Digital