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Corte: Gobierno debe proteger a colombianos desplazados desde Venezuela

La Corte Constitucional es clara en ordenar que el Gobierno debe garantizar vivienda digna a los colombianos expulsados desde Venezuela.  

Publicado:
Actualizado:
Martes, Octubre 4, 2016 - 14:36

El alto tribunal exhortó al Gobierno para que cumpla los decretos de emergencia que fueron expedidos para proteger a los colombianos que fueron expulsados de Venezuela en agosto de 2015.


 


La corte señaló que el Estado debe darles las garantías a esos colombianos, de tal manera que proteja sus derechos a una vivienda digna.


 


El llamado se realizó debido al caso de un colombiano quien vio vulnerados sus derechos y los de sus hijos, puesto que al reclamar el subsidio que decretó el Gobierno para esta emergencia, no le fue otorgado.


 


Dicho subsidio constaba de un salario mínimo mensual por doce meses para cubrir las necesidades tras la crisis desatada por el desplazamiento forzado que provocó el Gobierno Venezolano. No obstante el hombre quedó desprotegido tras habérsele negado esta ayuda humanitaria.


 


“Los colombianos expulsados deben ser objeto de protección por la comunidad nacional e internacional, en tanto, se trata de asunto de derechos humanos y por existir semejanzas en sus situaciones deben aplicarse a los refugiados de facto o de hecho". señaló la sentencia del magistrado ponente, Jorge Iván Palacio.   


 


"Se debe aplicar la Ley 1565 de 2012, que fija incentivos para el regreso de colombianos que viven en el extranjero, a los 'retornados humanitarios o por causa especial' que están en esa situación por motivos de inseguridad física, social o económica”, agregó la sentencia.


 


En este caso particular, el togado señaló que Colombia es un estado social de derecho el cual debe garantizar que los niños en mención deben tener un sitio digno para vivir, salud e integridad personal.


 


Por lo anterior, la Corte ordenó al Gobierno que se inicien las acciones pertinentes para otorgar los subsidios a este padre de familia, los cuales están contemplados en el Decreto 1819 de 2015".

Fuente:
Sistema Integrado Digital