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Dejusticia pide acortar el tiempo de respuesta a peticiones urgentes por Covid-19

La propuesta llegó a instancias de la Corte Constitucional en el marco del estudio de los decretos expedidos por el Gobierno.

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Actualizado:
Martes, Junio 16, 2020 - 20:41
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RCN Radio

La Corte Constitucional recibió una petición de la organización Dejusticia encaminada a que las entidades del Estado acorten el tiempo de respuesta a peticiones urgentes de las personas sobre la crisis de la Covid-19. 

La propuesta se recibió en el marco del estudio constitucional del decreto 491 de 2020 que da un plazo de hasta un mes (30 días) para que las entidades públicas respondan las peticiones de las personas en medio de la crisis sanitaria.

Según lo que plantea la organización Dejusticia, la norma tal cual como está estaría vulnerando el derecho de acceso a la información que tienen las personas en medio de la pandemia, sobre todo si se trata de temas relacionados con salud, educación o mínimo vital.

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Dejusticia señala que para ese tipo de solicitudes de información debería existir un tiempo prudente para que la persona tenga su respuesta en un tiempo más corto por tratarse de una crisis y de una urgencia.

Por ejemplo,  “en un término menor al establecido en normalmente, que podría ser de 3 días hábiles, y ser resueltas de manera preferente”, dice Dejusticia.

El decreto establece la creación de medidas para,  “garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares a los ciudadanos en medio de la pandemia por la Covid-19".

El artículo que se cuestiona es el 5 que dice textualmente que se ampliarán a 30 días los términos para resolver las peticiones de los ciudadanos con algunas excepciones, por ejemplo, “las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los veinte (20) días siguientes a su recepción”. 

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Además dice que,  “las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta y cinco (35) días siguientes a su recepción”. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información