Destituyen e inhabilitan por 13 años a María Jazmín Osorio, exdirectora de la CVC
María Jazmín Osorio Sánchez fue sancionada por irregularidades en la suscripción de un convenio por 132 millones de pesos.
La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad, por 13 años, a la exdirectora de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC), María Jazmín Osorio Sánchez, por irregularidades en la suscripción de un convenio por 132 millones de pesos.
La Primera Delegada para la Contratación Estatal encontró que la disciplinada actuó con desconocimiento de los principios de transparencia, responsabilidad y deber de selección objetiva que rigen la contratación, al suscribir el convenio de asociación No. 020 del 17 de agosto de 2011 con la Fundación Agua y Paz, para atender la ola invernal.
El convenio de asociación 020 tenía como objeto ejecutar la interventoría de las obras del convenio interadministrativo 004 de 2011, suscrito para aunar esfuerzos técnicos y recursos económicos para el diseño y ejecución por parte del municipio de Cali del proyecto para disminuir la amenaza de inundaciones por fallas en la estructura del jarillón del río Cauca, y deslizamientos por procesos de remoción en masa en zonas de ladera.
Para la Procuraduría, Osorio Sánchez, quien fue comisionada en el cargo desde el 26 de febrero de 2010 hasta el 21 de mayo de 2012, escogió una modalidad de selección que no era acorde con el objeto contractual a desarrollar, ni con las obligaciones que enmarcaban el acuerdo de voluntades.
El órgano de control reprochó el descuido de la disciplinada al cumplimiento de sus funciones como directora de la Corporación Autónoma Regional, y advirtió que “(…) firmar no es un acto mecánico, firmar contempla responsabilidades y perfectamente durante el proceso precontractual podía solicitar explicaciones respecto al alcance y contenido del documento denominado estudios previos, y no solo verificar vistos buenos y firmas, requiere mayor profundidad en su actuar al momento de la celebración del contrato, no puede ser un solo formalismo en cuanto a la suscripción, pues a través de ella está comprometiendo el gasto”.
La Procuraduría cuestionó la pasividad con la que actuó Osorio Sánchez cuando debía tener un cuidado extremo como servidora pública que intervenía en distintas fases de la actividad contractual, y calificó la falta como gravísima a título de culpa gravísima por desatención elemental.