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Director de la UNP en la mira: radican queja por transporte de disidentes en vehículos oficiales

Congresistas exigen responsabilidad por el escándalo de las camionetas.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Julio 30, 2024 - 16:54
Augusto Rodríguez, director de la UNP / Unidad Nacional de Protección
El Director de la Unidad Nacional de Protección - UNP, Augusto Rodríguez realiza una rueda de prensa para aclarar el robo de 16 camionetas de la entidad que fueron robadas en horas de la madrugada en un patio taller de la localidad de suba. Camila Díaz - RCN Radio
Camila Díaz - Sistema Integrado Digital RCN Radio

La senadora Paola Holguín y el representante a la Cámara Juan Espinal acudieron a la Procuraduría General de la Nación para radicar una queja disciplinaria en contra del director de la Unidad Nacional de Protección (UNP), Augusto Rodríguez Ballesteros. 

Los congresistas denunciaron ante el ente de control las irregularidades ocurridas el pasado 24 de julio cuando fueron capturados en vías de Antioquia 18 integrantes del Estado Mayor Central de las Farc (EMC) que se movilizaban en vehículos oficiales de dicha entidad.

“Ha reconocido el director de la Unidad Nacional de Protección que la entidad se equivocó, cometieron un error, alguien tiene que responder. Estos hechos no se pueden quedar como si nada hubiese pasado, deben responderle a los colombianos y a los entes de control por la falta de cuidado en la vigilancia de una entidad que está bajo su cargo”, explicó Espinal. 

Lea: Escándalo de camionetas UNP: director aseguró que protegidos violaron protocolos

De acuerdo con las autoridades, siete individuos de los que se transportaban en estos vehículos, contaban con órdenes de captura vigentes, portaban armas ilegales, oro y por lo menos cien millones en efectivo. 

Dentro de los capturados se encontraba alias ‘Firu’, cabecilla del frente 36 de las disidencias del EMC, señalado del crimen de seis militares en Valdivia, Antioquia.

Los parlamentarios fundamentan que el Director de la UNP violó el artículo 67 del Código General Disciplinario; faltó a sus obligaciones de control y vigilancia, dispuestas en el artículo 11 del Decreto 4065 de 2011 y la Resolución 0357 del 24 de septiembre de 2012, y a los principios de moralidad, responsabilidad y transparencia de acuerdo al artículo 3 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Fuente:
Sistema Integrado de Información.