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¿Es legal despedir a un trabajador durante su periodo de vacaciones?

Es crucial destacar que las vacaciones son un derecho que debe ser programado con antelación por ambas partes.

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Actualizado:
Viernes, Diciembre 22, 2023 - 16:29
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El período de diciembre y enero es tradicionalmente un momento en el que muchos trabajadores aprovechan para disfrutar de sus merecidas vacaciones. Sin embargo, es importante conocer que, incluso durante este tiempo de descanso, los empleadores pueden tomar la decisión de dar por finalizado el contrato laboral. Aquí desglosamos la información clave al respecto.

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David Rodríguez, asociado en Godoy Córdoba, ha confirmado que no existe ninguna norma que prohíba dar por terminado un contrato, ya sea por una causa legal o una justa causa, durante el período de vacaciones. Esto implica que, a pesar del descanso planificado, un empleador puede tomar la decisión de poner fin al contrato laboral.

Es crucial destacar que las vacaciones son un derecho que debe ser programado con antelación por ambas partes. Si el contrato de trabajo termina durante este receso, el empleador debe notificar al trabajador con la debida antelación, de manera similar a lo que ocurre con un contrato a término fijo. La notificación debe ser proporcionada según las causas legales que fundamentan la terminación del contrato.

Suspensión Justificada del Periodo de Vacaciones

Aunque muchos empleadores pueden no estar al tanto, tienen el derecho de suspender el periodo de vacaciones siempre que esté debidamente justificado, como por ejemplo, para abordar incumplimientos de funciones o responsabilidades por parte del trabajador. Rodríguez señala que la norma permite la interrupción si existe una razón objetiva y sustentada, y que la interrupción no implica indemnización, siempre y cuando esté respaldada por una razón justificable.

Es importante destacar que la interrupción del periodo de vacaciones no priva al empleado del derecho de reanudar su período de descanso si el contrato laboral no se finaliza. En caso de terminación, el empleador está obligado a pagar los días pendientes por disfrutar al momento de realizar la liquidación final de prestaciones sociales.

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Rodríguez subraya que la interrupción del periodo de vacaciones está regulada para cualquier modalidad de contrato laboral acordada. La clave es que la interrupción esté respaldada por una razón objetiva y justificable, y no implica ningún tipo de indemnización, siempre que se cumplan estos requisitos.

Los trabajadores y empleadores deben tener en cuenta esta información, ya que arroja luz sobre los derechos y responsabilidades durante el período de vacaciones y cómo se maneja la posible terminación del contrato laboral en este contexto.

Fuente:
Sistema Integrado Digital