Este es el nuevo porcentaje de aporte a pensión para 2025: ¿cuánto le descontarán?
Con la reforma pensional, varios colombianos tendrán que dar un aporte extra al Fondo de Solidaridad Pensional. Le explicamos quiénes son.
A partir del 1 de julio de 2025, entrará en vigor la reforma pensional firmada por el presidente Gustavo Petro, con la que se busca garantizar una mayor cobertura de pensiones en Colombia, a través de un sistema de cuatro pilares (semicontributivo, contributivo, solidario y de ahorro voluntario).
Con la entrada en vigor del nuevo sistema de pensiones, son cientos de trabajadores colombianos los que se cuestionan cuál será el monto de cotización de pensión que se les descontará mes a mes y si les restarán algún valor adicional, destinado al Fondo de Solidaridad Pensional, una cuenta especial del Estado colombiano que subsidia las cotizaciones de pensión de grupos de población que no tienen acceso a los sistemas de seguridad social.
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Lo primero que debe saber es que el artículo 20 de la reforma pensional establece que la tasa de cotización para los trabajadores dependientes, ya sea con contrato en el sector público o privado, será del 16% del Ingreso Base de Cotización (IBC). Este ingreso corresponde al salario que recibe o ha declarado.
De ese 16%, a los empleadores les corresponderá pagar el 75% de la cotización total y a los trabajadores el 25% restante.
"Durante la vigencia de la relación laboral o del contrato de prestación de servicios, los(as) trabajadores(as) y sus empleadores(as), así como los(as) contratistas, los(las) independientes y rentistas de capital deberán efectuar cotizaciones obligatorias al Pilar Contributivo", detalló la nueva ley.
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Nuevo aporte adicional que tendrán los trabajadores
Pero además de un porcentaje de cotización del 16%, la reforma pensional estableció que cierto grupo de trabajadores tendrá que hacer un aporte adicional al Fondo de Solidaridad Pensional.
La normativa determinó que los trabajadores cuyo IBC sea igual o superior a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), es decir $5.694.000, tendrán que hacer un aporte adicional del 1,5% destinado al Fondo de Solidaridad Pensional.
Quienes tengan un ingreso igual o superior a los siete salarios mínimos, $10.105.500, y menor a once salarios mínimos, $15.658.500, tendrán un aporta adicional destinado al Fondo de Solidaridad Pensional equivalente al 1,8%.
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En cuanto a las personas que tengan un monto igual o superior a once salarios mínimos, $15.658.500, y menor a 19 salarios mínimos, tendrán a su cargo un aporte adicional del 2,5%. Así mismo, "de 19 a 20 SMLMV será de un 2,8%, y superiores a 20 SMLMV de 3% destinado al Fondo de Solidaridad Pensional de que trata la presente ley", indicó la reforma pensional.
Desde la Presidencia de la República subrayaron que, "en ningún caso, la base de cotización en el Pilar Contributivo podrá ser inferior al monto del salario mínimo legal vigente, salvo para aquellas personas que cotizan por semanas, quienes lo harán sobre la correspondiente proporción".