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Movistar apelará sanción de SIC: "Errores de portabilidad afectaron solo a dos usuarios"

Movistar apelará multa tras fallos en portabilidad que solo afectaron a dos usuarios.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Septiembre 17, 2024 - 10:57
Celular
Movistar defenderá transparencia ante multa de SIC por portabilidad móvil. Recursos de reposición y apelación en proceso.
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Movistar anunció que presentará recursos de reposición y apelación para defender la transparencia de sus procesos, después de que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impusiera una multa superior a 718 millones de pesos a la empresa por incumplimiento en la portabilidad numérica móvil.

Según indicó Movistar a través de un comunicado, los errores cometidos se registraron únicamente en dos usuarios, “relacionados con errores en el proceso de portación y entrega de información respecto de dos usuarios”.

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“La compañía respeta la decisión adoptada por el organismo de control y vigilancia; sin embargo, prepara los recursos de reposición y apelación a los que tiene derecho para defender la transparencia de sus actuaciones”, agregó la empresa de telefonía móvil.

Cabe destacar que el pasado 16 de septiembre, la Superindustria anunció que multó al operador Movistar por irregularidades en el proceso de portabilidad numérica móvil.

Según la investigación adelantada por la entidad, se evidenció que el operador activó una línea móvil objeto de portación sin que se hubiera efectuado la entrega de la tarjeta SIM al usuario.

“Con una multa por $718.229.188, equivalente a 740 Salarios Mínimos Legales Mensuales del momento de la infracción, por no acatar los plazos máximos previstos en la regulación para adelantar las actividades a su cargo dentro del proceso de portación”, indicó la SIC.

Asimismo, el ente regulatorio señaló que el operador tuvo irregularidades al desconocer los derechos de información y elección de sus usuarios.

La Superindustria agregó que durante la investigación se evidenció que el operador activó una línea móvil objeto de portación sin que se hubiera efectuado la entrega de la tarjeta SIM al usuario, lo que generó un indeseado trámite de portación de una usuaria.

“Esas conductas resultaron en la infracción de disposiciones relativas a la portación, el derecho de los usuarios de elegir y cambiar libremente el proveedor y a recibir de los proveedores información clara, veraz, suficiente y comprobable sobre los servicios ofrecidos”, afirmó la SIC.

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Finalmente, la SIC señaló que contra este acto administrativo sancionatorio procede el recurso de reposición ante la directora de investigaciones de protección de usuarios de servicios de comunicaciones y el de apelación ante la superintendente delegada para la protección del consumidor.

Fuente:
Sistema Integrado de Información