A mujer campanas de una iglesia le causaban dolor de cabeza: justicia emitió fallo
La decisión se toma tras una acción de tutela interpuesta para tal fin.
Al fallar una tutela en la que una ciudadana solicitó que el sonido de las campanas de la parroquia Nuestra Señora de los Dolores, se apagara porque le causa dolor de cabeza, el Juzgado Promiscuo Municipal de Pensilvania, en el oriente de Caldas, conminó a silenciarlas en el horario de 9 p.m. a 7 a.m.
El fallo es considerado por expertos en derecho como contradictorio, puesto que en el primer punto del resuelve, la Jueza Yenni Carolina Quintero declaró improcedente la acción de tutela presentada por la ciudadana Mónica Alicia Aldana Lema y en el segundo punto del fallo, conmina al párroco a silenciar las campana.
El sacerdote Libardo Flórez Cuartas, párroco de Nuestra Señora de los Dolores, expresó su inconformismo por la decisión judicial y advirtió que el reloj del campanario es mecánico. "Cómo vamos a hacer para apagar el reloj en esos horarios si es automático?", se preguntó extrañado el religioso, quien anunció que impugnará dicha sentencia.
Por su parte, el abogado y profesor universitario, Francisco Javier González, consideró que en el fallo hay una incoherencia o incongruencia, como es el término jurídico, porque en las consideraciones, la jueza falla que la acción de tutela es improcedente para la persona que interpuso el recurso, al hacer valer sus derechos y en el segundo punto de ese resuelve, conmina al párroco para que silencie las campanas todos los días en el horario de 9 p.m. a 7 a.m.
La acción de tutela de Mónica Alicia Aldana Lema contra la Parroquia Nuestra Señora de Los Dolores, había generado el rechazo entre la comunidad pensilvanense, que consideró que, el sonar de las campanas para dar la hora, invitar a misa o para despedir a un difunto, es un patrimonio de esa localidad del oriente de Caldas.
Reprocharon igualmente que la tutelante ni siquiera es oriunda de Pensilvania y contaron que llegó al pueblo dos meses atrás. "Ella presentó la tutela al alegar que las campanas la distraían para trabajo en casa, le causaba dolor de cabeza y no la dejaba conciliar el sueño", comentó en su momento otro habitante de la localidad.
Ahora será un juez del Circuito el que defina si la tutela fue bien fallada o no, y si definitivamente se silencian las campanas o su sonido permanece ingresando a la intimidad de los hogares.