Pico y Placa en Bucaramanga: restricción para este miércoles 3 de julio
Desde el 2 de julio entra a funcionar un nuevo modelo del Pico y Placa en Bucaramanga.
A través de la Resolución 626 de 2023, se emitió un nuevo modelo de Pico y Placa en Bucaramanga, el cual sufrió una rotación trimestral que comenzó a partir del martes 2 de julio.
La Dirección de Tránsito de Bucaramanga informó que las restricciones aplicarán a toda clase de vehículos de servicio particular y público, exceptuando los taxis. También afectará a vehículos oficiales, diplomáticos, consulares, de importación temporal y/o matrícula extranjera.
A diferencia de otras ciudades colombianas, en Bucaramanga la medida se aplicará de lunes a viernes desde las 6:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche, y los sábados desde las 9:00 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde.
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¿Cómo funcionaba el Pico y Placa en Bucaramanga?
Hasta el domingo 30 de junio, la restricción del Pico y Placa en Bucaramanga operaba así:
- Lunes: 1 y 2.
- Martes: 3 y 4.
- Miércoles: 5 y 6.
- Jueves: 7 y 8.
- Viernes: 9 y 0.
Para los sábados, desde el 6 de abril, la rotación comenzó con los vehículos cuyas placas terminaban en 5 y 6, luego 7 y 8, y así sucesivamente.
¿Cómo funcionará para este 3 de julio?
Con los cambios definidos por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, la restricción del Pico y Placa para el miércoles 3 de julio será para los vehículos con placas terminadas en 7 y 8, impidiendo su circulación en la ciudad entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m.
¡Atención Conductores! 🚗 🏍️
El próximo 2 de julio inicia la rotación del #PicoyPlaca que rige para vehículos particulares y motocicletas. Verifique qué día de la semana le corresponde la restricción y prográmese para movilizarse sin contratiempos.#BGAvanzaSegura pic.twitter.com/99p1XZMyyi— Transito Bucaramanga (@transito_bga) June 25, 2024
De acuerdo a la resolución emitida por la autoridad municipal, hay cierto tipo de vehículos que están exentos de la medida; por lo tanto, no necesitan ninguna autorización para transitar. Algunos de ellos son:
- Los destinados a carrozas fúnebres y que prestan servicios funerarios.
- Los que utilizan miembros del gabinete municipal de Bucaramanga y del departamento de Santander.
- Quienes cuenten con motores eléctricos debidamente matriculados.
- Los que se desempeñan en el transporte público de pasajeros.
- Los adscritos a caravanas presidenciales, vehículos oficiales, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, recolectores de basura. Estos deben estar debidamente identificados.
- Los que hacen parte de las Fuerzas Militares y de Policía.
- Los que están afiliados a empresas de servicios públicos y mantenimiento de redes.
- Los que son de propiedad de los medios de comunicación.
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Cabe recordar que quienes incumplan la restricción, recibirán una multa de 15 salarios mínimos, lo que equivale a unos 650.000 pesos. Además, el vehículo será inmovilizado, tal como establece el Código Nacional de Tránsito.