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Procurador dice que presencia de las Farc en La Guajira es "inadmisible"

Alejandro Ordóñez estableció que lo hecho por esa guerrilla resulta ser un "desafio a la institucionalidad".

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Febrero 19, 2016 - 08:33

Este es el comunicado integro del particula:


"Señor 



LUIS CARLOS VILLEGAS


Ministro de la Defensa Nacional


MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL


E.S.D.


 


Respetado señor ministro:


 


Como lo reconoció el doctor Humberto De La Calle Lombana, el “Gobierno Nacional autorizó el año pasado una serie de visitas de los miembros representantes de las FARC en la Mesa de Conversaciones a sus respectivos campamentos, con el propósito de hacer pedagogía y explicar a la guerrilla de las FARC los acuerdos alcanzados”. Tales visitas al país de integrantes de las FARC que se encuentran en La Habana se han realizado previa adopción por parte del Gobierno de “las medidas de seguridad necesarias”.


 


El día de ayer alias Joaquín Gómez, Iván Márquez y Jesús Santrich participaron en el corregimiento de Conejo, municipio de Fonseca, departamento de La Guajira, en un evento al cual concurrió un nutrido grupo de guerrilleros fuertemente armados y población civil. No se trató de una visita pedagógica ni de una reunión para socializar los acuerdos en un campamento guerrillero, sino de un típico evento de proselitismo político armado en un casco urbano. 


 


El Gobierno señala que “no tolerará que las FARC hagan política con armas”, pero un suceso de esa magnitud y la asistencia de tan grande número de guerrilleros no se hubiera podido llevar a cabo sin la previa autorización gubernamental de la visita y sin ordenar a la fuerza pública estar ausente del lugar, instrucción que solo puede provenir de la línea de mando, conforme a la Constitución y a las normas que regulan la materia. 


 


Información revelada por medios de comunicación registra que unidades del Ejército Nacional pudieron recibir órdenes que eventualmente facilitaron la movilización, el ingreso, la concentración y la salida de las estructuras guerrilleras del lugar y la realización del mitin armado. La presencia armada ilegal duró varias horas ante la pasividad total de la Fuerza Pública. Es un asunto que debe ser aclarado por el Gobierno Nacional.


 


Llama la atención a la Procuraduría General de la Nación que el Comité Internacional de la Cruz Roja, en contra los principios de neutralidad e imparcialidad a los que está obligado, y los países garantes, Cuba y Noruega, hayan posibilitado la reunión de miembros de las FARC con población civil que ha sido víctima en el conflicto armado, cuando éste se mantiene y esa organización sigue delinquiendo. El Gobierno debe tomar las decisiones necesarias para evitar que esa situación se repita. 


 


En ejercicio de las facultades señaladas en el artículo 277 de la Constitución y en el Decreto 262 de 2000, la Procuraduría advierte que las “zonas de despeje” fueron prohibidas mediante la ley 1421 de 2010. El artículo 8 de la misma señala que en “ningún caso se establecerán órdenes especiales de localización a la Fuerza Pública para la creación específica de zonas de ubicación o de despeje de cualquier parte del territorio nacional”. 


 


El despeje implica un territorio en el cual las Fuerzas Armadas, por orden del Gobierno Nacional, no hacen presencia física durante un tiempo determinado, sea un día, varios meses o años. La consecuencia es que en dicho espacio geográfico no se adelanten operaciones militares y operativos de policía, pero sí se concede inmunidad a los responsables de crímenes atroces y narcotráfico. Es la eliminación del Estado de derecho. Esa posibilidad está absolutamente prohibida por el ordenamiento jurídico vigente. 


 


El Gobierno Nacional carece de competencia para crear zonas de despeje y hacerlo viola la Constitución y la ley. El desconocimiento de ese mandato legal acarrea eventuales consecuencias disciplinarias.


 


El Estado no puede dejar a la población civil en manos de un grupo armado ilegal, sean las FARC, el ELN o las bandas criminales BACRIM, como sucedió en este caso. En la práctica la inmovilización de la fuerza pública desprotegió a la población mientras proporcionó protección a los integrantes de las FARC. El artículo 2 de la Constitución consagra que las “autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades”, no para abandonarlas al arbitrio de los criminales.


 


Es incompatible con la Constitución que se repita lo ocurrido en el corregimiento de Conejo, esto es, que decenas o centenares de miembros de las FARC armados tomen una población contando de antemano con la pasividad de las Fuerzas Militares y de Policía.  


Atentamente, 


 


ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO

 



Procurador General de la Nación."


Fuente:
Sistema Integrado Digital