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¿Quiénes recibirían prima del 30% de su sueldo, según nueva ley?

La prima de servicios es una compensación que, según la legislación colombiana, las empresas deben pagar a sus empleados.

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Actualizado:
Lunes, Septiembre 23, 2024 - 16:52
Billetes y una mujer pensativa
El senador José Vicente Carreño Castro radicó el proyecto de ley 242, el cual pretende ampliar los beneficios de la prima.
Pexeles

La prima de servicios es un derecho laboral que muchos trabajadores colombianos reciben, pero la nueva legislación está generando expectativas sobre un aumento significativo para ciertos empleados. Esta prestación social busca ofrecer un alivio económico para los trabajadores en períodos de descanso o para cubrir gastos adicionales.

Recientemente, se ha discutido una proyecto de ley que podría elevar la prima mensual al 30% del salario para un grupo específico de trabajadores. A continuación, explicamos los detalles de esta ley y a quiénes aplicaría este beneficio.

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¿Qué es la prima en Colombia? 

La prima de servicios es una compensación que, según la legislación colombiana, las empresas deben pagar a sus empleados. Este pago corresponde a 30 días de salario por año trabajado y se distribuye en dos partes: la primera mitad debe ser pagada antes del 30 de junio, y la otra mitad antes del 20 de diciembre. La prima es proporcional al tiempo trabajado en cada semestre, y su objetivo es brindar apoyo económico durante las vacaciones o para cubrir gastos imprevistos.

Prima de mitad de año
La prima de servicios es un derecho laboral que muchos trabajadores colombianos reciben.
Camila Díaz - La FM

En el caso del personal del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, ya existía una prima conocida como "prima de orden público". En 2022, esta prima representaba el 10% del salario básico de estos trabajadores. Sin embargo, a partir de marzo de 2024, un nuevo decreto elevó el porcentaje al 15% para el personal del nivel ejecutivo de la Policía Nacional que presta sus servicios en áreas con operaciones de restablecimiento del orden público.

Este incremento del 5% es uno de los cambios recientes en la prima de orden público, y aunque representa una mejora, una nueva ley propuesta podría modificar aún más el panorama de este beneficio.

¿Quiénes recibirán el 30% adicional de su salario?

El senador José Vicente Carreño Castro radicó el proyecto de ley 242, el cual pretende ampliar los beneficios de la prima a más miembros de la Policía Nacional, en especial a los agentes activos. El proyecto se basa en el Decreto 1213 de 1990, el cual ya establecía una prima de actividad del 30% para los agentes activos de la Policía, con un incremento del 5% por cada cinco años de servicio cumplido.

Esta prima de actividad, sin embargo, no aplica de manera uniforme para todos los agentes, en particular para aquellos que ya están jubilados o que se retiraron antes del 31 de diciembre de 2004. La nueva ley busca corregir esta situación, ofreciendo una equiparación en los porcentajes de la prima de actividad para todos los agentes, sin importar su fecha de retiro.

Policías
En el caso del personal del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, ya existía una prima conocida como "prima de orden público".
Colprensa

Según la nueva legislación propuesta, los agentes de la Policía Nacional que se retiraron antes del 31 de diciembre de 2004, y que no recibieron el ajuste en su prima de actividad, ahora tendrían derecho a este beneficio. Este ajuste, sin embargo, no será retroactivo, sino que se aplicará a partir de la entrada en vigor de la ley.

De aprobarse el proyecto de ley, los agentes retirados recibirán el 30% de su salario básico como prima, tal como lo hacen los agentes en servicio activo. Además, se incluirá un aumento del 5% por cada cinco años de servicio cumplido, lo que representa un incremento considerable para quienes prestaron servicio por más de dos décadas.

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¿Qué sucede con los agentes pensionados?

La ley también incluye a los agentes que adquirieron una asignación de retiro o una pensión antes de la fecha mencionada. Esto incluye a aquellos que se retiraron debido a una disminución en su capacidad laboral o a las viudas de los agentes que fallecieron en actos de servicio. Para estos casos, la ley especifica que el reajuste en la prima se empezará a pagar desde la promulgación de la nueva norma, sin carácter retroactivo.

La ley 923 de 2004 ya había dado pasos importantes en el reconocimiento de la prima de actividad como un factor salarial para los agentes de la Policía Nacional. Sin embargo, solo cubría a aquellos que adquirieron su asignación de retiro a partir de diciembre de 2004, dejando a una parte significativa de los agentes jubilados por fuera de este beneficio.

El proyecto de ley 242 busca corregir esta situación, argumentando que se trata de una clara violación al derecho constitucional de igualdad. De esta manera, se equipararán los derechos de los agentes retirados antes de 2004 con aquellos que lo hicieron después de esa fecha, asegurando que todos reciban el 30% de su salario como prima de actividad.

Fuente:
Sistema Integrado Digital