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Requisitos para reclamar el dinero que cotizó en pensión sin cumplir con las semanas

Existen algunas opciones para aquellas personas que no cumplan con los requisitos para pensionarse. Aquí le contamos cómo puede reclamar este dinero.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Octubre 11, 2024 - 18:43
Billetes de fondo y un hombre celebrando
Para quienes no logran cumplir con los requisitos de semanas cotizadas o capital acumulado, existe la posibilidad de solicitar la devolución de saldos.
Foto de Andrea Piacquadio: Pexeles

En Colombia, muchos empleados trabajan durante años con la esperanza de recibir una pensión que asegure su estabilidad financiera en la vejez. Sin embargo, un número significativo de personas no logra cumplir este anhelo debido a los estrictos requisitos establecidos para acceder a este beneficio. 

Para entender mejor cómo pensionarse en el país, es fundamental conocer las condiciones según el régimen de pensión al que se esté afiliado, ya sea Colpensiones o un fondo privado.

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Requisitos para pensionarse en Colpensiones

Los afiliados a Colpensiones, el régimen de prima media, deben cumplir con ciertos criterios de edad y tiempo de cotización para acceder a su pensión de vejez. Los requisitos son los siguientes:

  • Edad mínima: Las mujeres deben haber cumplido al menos 57 años y los hombres 62 años.
  • Tiempo de cotización: Es necesario haber cotizado un mínimo de 1.300 semanas, lo que equivale aproximadamente a 26 años de aportes al sistema.

Este régimen garantiza una pensión a quienes cumplen con los requisitos establecidos, siempre y cuando el afiliado haya acumulado las semanas mínimas necesarias.

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Requisitos para pensionarse en un fondo privado

Por otro lado, quienes cotizan en fondos privados de pensiones tienen un esquema diferente. Para acceder al beneficio de la garantía de pensión mínima, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Edad mínima: Mujeres a partir de los 57 años y hombres desde los 62 años.
  • Semanas cotizadas: Haber cotizado un mínimo de 1.150 semanas.
  • Insuficiencia de capital: No haber acumulado el capital suficiente para financiar una pensión de vejez por cuenta propia.

En estos casos, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público complementa el capital necesario para garantizar que la pensión sea equivalente al salario mínimo legal vigente.

Alternativas para quienes NO cumplen los requisitos: Devolución de saldos

Para quienes no logran cumplir con los requisitos de semanas cotizadas o capital acumulado, existe la posibilidad de solicitar la devolución de saldos. Este mecanismo permite a los afiliados recuperar los aportes realizados a lo largo de su vida laboral. De acuerdo con la Ley 100 de 1993, este derecho está disponible para aquellas personas que no alcanzan el capital necesario para una pensión mínima.

Requisitos para solicitar la devolución de saldos

Para quienes opten por la devolución de saldos, deben cumplir con los siguientes criterios:

  • Edad mínima: Mujeres a partir de los 57 años y hombres desde los 62.
  • Semanas insuficientes: No haber alcanzado las semanas mínimas requeridas para acceder a una pensión.
  • Fondo insuficiente: El capital acumulado en la cuenta individual de ahorro debe ser menor al necesario para obtener una pensión equivalente al salario mínimo.

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Pasos para solicitar la devolución de aportes

El trámite para solicitar la devolución de aportes varía según el tipo de fondo de pensiones, ya sea público o privado. Sin embargo, en general, los pasos a seguir son:

  1. Obtener el formulario: Solicitar el formulario correspondiente en el fondo de pensiones donde se encuentra afiliado.
  2. Diligenciar el formulario: Completar el formulario y anexar una carta solicitando la devolución de los aportes, junto con la certificación de cuenta bancaria y copia de la planilla de aportes.
  3. Presentar la documentación empresarial: Si aplica, presentar el documento de identidad del representante legal, el certificado de existencia de la empresa y el Registro Único Tributario (RUT).
  4. Validación de documentos: El fondo de pensiones validará la información presentada.
  5. Aprobación del trámite: Si la solicitud es aprobada, el fondo procederá a entregar el dinero correspondiente al afiliado o a sus beneficiarios.
Fuente:
Sistema Integrado Digital