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Tribunal revoca absolución y condena a feminicida a 50 años de prisión

Rodolfo Pérez Rodríguez fue sentenciado a 50 años de prisión por feminicidio y tentativa de homicidio en Bogotá.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Marzo 25, 2025 - 15:01
Sala plena del Tribunal Superior de Bogotá
Sala plena del Tribunal Superior de Bogotá
Camila Díaz - Sistema Integrado Digital RCN Radio

El Tribunal Superior de Bogotá revocó la sentencia absolutoria emitida en 2021 por el juez 40 Penal del Circuito con Función de Conocimiento y, en su lugar, condenó a 50 años de prisión a Rodolfo Andrés Pérez Rodríguez por los delitos de feminicidio agravado y tentativa de homicidio, luego de un exhaustivo análisis de las pruebas presentadas por la Fiscalía, las cuales fueron suficientes para demostrar la culpabilidad del procesado.

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El caso sucedió el 10 de octubre de 2018, cuando Sandra Milena Alegría Carvajal fue asesinada con un arma blanca en su residencia. En el mismo ataque, su pareja, Billy Hernán Ortiz Rincón, resultó gravemente herido y logró sobrevivir al fingir estar muerto.

Desde el inicio, Ortiz Rincón señaló a Pérez Rodríguez, exesposo de la víctima, como el principal agresor.

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En el fallo, los magistrados destacaron que "la valoración integral de los testimonios y pruebas técnicas permitieron establecer, más allá de toda duda razonable, que el acusado ingresó al apartamento, atacó a la víctima y luego intentó asesinar a Ortiz Rincón". Así, concluyeron que las pruebas presentadas respaldaban las acusaciones contra el procesado.

La sentencia absolutoria de primera instancia, proferida en agosto de 2021, fue fuertemente cuestionada por la Fiscalía, el Ministerio Público y la representación de las víctimas. Estos apelaron la decisión, argumentando que el juez de primera instancia había desconocido elementos clave de la investigación, incluyendo la violencia económica y emocional que el acusado ejercía sobre la víctima.

En su momento, el juez de primera instancia había basado la absolución en presuntas inconsistencias en el testimonio de Ortiz Rincón y en la falta de pruebas técnicas contundentes. Sin embargo, el Tribunal Superior determinó que las declaraciones del sobreviviente eran coherentes y estaban respaldadas por pruebas forenses, como la ubicación de los lagos hemáticos y las grabaciones de las cámaras de seguridad.

La sentencia ordenó la captura inmediata de Pérez Rodríguez y estableció que, además de la pena principal de 50 años de prisión, el condenado sería inhabilitado para ejercer derechos y funciones públicas durante 20 años. 

Por último, los magistrados aclararon que el defensor de Pérez Rodríguez podría interponer una impugnación especial, mientras que los demás sujetos procesales podían recurrir la decisión mediante el recurso extraordinario de casación.

Fuente:
Sistema Integrado de Información