C. Constitucional señaló que el incremento del salario mínimo debe ser por encima del IPC
Segun la Corte, permitir un aumento que no tenga en cuenta el índice de precios real iría en contra de las disposiciones legales de la Constitución.
En los próximos días será instalada la mesa de concertación en la que el Gobierno y empleadores acordarán cuál será el aumento del salario mínimo que regirá para el 2024, por lo que deberán tener en cuenta que la Corte Constitucional desde 1999, estableció que ese incremento debe estar por encima del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
"Para mantener e incrementar el poder adquisitivo de la moneda en manos de los trabajadores teniendo en cuenta, con la misma importancia e incidencia, los demás parámetros que el artículo acusado contempla: la inflación real del período que culmina, medida a través del Índice de precios al consumidor (IPC)", señala la sentencia de la corte.
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En esa época, el tribunal consideró la necesidad que se genera alrededor de la inflación que aumenta año tras año y que pese a los aumentos del salario, en muchas ocasiones es insuficiente para que las familias tengan capacidad de comprar bienes y servicios básicos.
"Es un hecho notorio que, en nuestro medio, los anuales reajustes salariales son rápidamente desbordados por el real y efectivo aumento del costo de vida, lo que ocasiona que cada vez sea menor la capacidad de compra de los bienes y servicios básicos, indispensables para el sostenimiento de los trabajadores y de sus familias", explicaron los magistrados.
Además consideraron que permitir un aumento que no tenga en cuenta el índice de precios real y solamente el estimado año a año, iría en contra de las disposiciones legales que se plasmaron en la Constitución.
"Vulneraría la Constitución una disposición legal que obligara al Gobierno a plasmar los aumentos periódicos del salario mínimo sobre la única base de la inflación calculada, prevista o programada para el siguiente año, con olvido de la inflación real que ha tenido lugar en el año precedente y que efectivamente ha afectado los ingresos de los trabajadores", concluyó la Sala Plena.
Además, establecieron que los patrones ni privados ni públicos tienen autoridad legal para establecer un aumento salarial diferente al que se acuerde entre el gobierno y los empleadores.
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Con este precedente, los integrantes de la mesa de concertación deberán definir cuál será el aumento del salario mínimo para el 2024 teniendo en cuenta el índice anual del final del año.