Breadcrumb node

Continúan los problemas con la declaración de renta en la Dian: ¿qué pasará con los afectados?

Algunos de los contribuyentes quedarán exentos de sanciones. Conozca a quiénes aplica la medida.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Agosto 13, 2024 - 18:45
DIAN
El recaudo del impuesto de renta alcanzó los 21.7 billones, con un aumento del 10 respecto al año anterior.
Colprensa

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que fue tomada la decisión de ampliar la contingencia hasta el viernes 16 de agosto por las fallas en el sistema.

De acuerdo con la dirección, persisten los problemas con la plataforma relacionados con la generación de la firma electrónica y el restablecimiento de la contraseña.

Esta información le puede interesar: Dian declaró contingencia: personas que no podrán ser sancionadas por no declarar renta

Por lo anterior, los contribuyentes cuyo NIT finaliza en los dígitos 01-02 han tenido inconvenientes para la presentación de su declaración de renta.

Esta obligación de las personas naturales, activos en el exterior, gasolina y ACPM que tengan vencimientos entre el 12 y el 16 de agosto de 2024, se podrán presentar y pagar sin liquidar sanción de extemporaneidad e intereses moratorios hasta el martes 20 de agosto de 2024.

De acuerdo con la Dian, esto también incluye a aquellos contribuyentes que también deban declarará por retención en la fuente.

Con corte al 12 de agosto, el sistema recibió 113.000 declaraciones; el alto número de trámites adelantado por los usuarios generó una sobre carga en los servidores y por ende se presentaron fallas.

La entidad se encuentra trabajando en ajustes al sistema para garantizar su óptimo funcionamiento en el menor tiempo posible”, dijo la dirección a través de un comunicado.

Lea además acá: Colombiano creó su propia empresa después de los 50 años: ahora gana 1.100 millones de dólares

Es importante que los contribuyentes estén atentos del portal web a través del cual será informado una vez el servicio esté restablecido.

Se podrán presentar las declaraciones tributarias y efectuar su correspondiente pago a más tardar al día siguiente a aquel en que se informe que el servicio digital se encuentre estable a través del portal.

Fuente:
Sistema Integrado de Información