Declaración de renta: ¿qué debe hacer si una persona fallece?
Conozca si se debe seguir presentando declaración de renta de una persona fallecida.
Hace algunos meses muchos colombianos han tenido un dolor de cabeza por cuenta de la declaración de renta, un proceso que debe ser presentado ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), allí los contribuyentes deben dar a conocer los ingresos y egresos que tuvo durante el año para pagar cuánto debe pagar en impuestos.
Y es que al ser un proceso en el que una persona natural debe dar cuentas sobre sus gastos, ganancia, pagos y deudas, las personas están en la obligación de dar toda la información correspondiente, no obstante, en algunas ocasiones al fallecer los herederos o familiares olvidan que este proceso se debe realizar, si la persona cumplía los requisitos para ello.
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¿Se debe presentar la declaración de renta de una persona fallecida?
Al fallecer un familiar los trámites legales pueden ser muchos y entre ellos se encuentra la declaración de renta, pues las responsabilidades fiscales no desaparecen de manera inmediata.
Por eso, serán sus herederos o el representante legal los encargados de realizar este trámite ante la DIAN.
Cabe destacar que la agencia tributaria menciona también que “en el supuesto de fallecido integrante de una unidad familiar, los restantes miembros de la misma podrán optar por la tributación conjunta, pero sin incluir las rentas del fallecido”.
Cabe destacar que realizarlo es de suma importancia, pues los herederos de la persona fallecida pueden encontrarse con multas o incluso con problemas legales a futuro.
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Paso a paso para presentar la declaración de renta de un fallecido
Aunque el proceso de declaración de renta para una persona fallecida no difiere mucho a la habitual, sí debe tener en cuenta algunos requisitos adicionales.
Tenga en cuenta que, al tratarse de una persona muerta, tendrá que utilizar el Sistema RENO, es decir, mediante una referencia, presentando el DNI del fallecido, la fecha de validez y la casilla 505 de la renta del año anterior.
Documentos requeridos: dentro de la documentación que debe reunir están la identificación del fallecido, certificado de defunción y documentación que respalde los ingresos, deducciones, activos y pasivos del difunto.
Determinar el representante legal: recuerde designar a una persona para que se encargue de estos asuntos fiscales; puede ser un abogado, familiar o el albacea del testamento.
Calcular la renta: aquí debe sumar los ingresos del año fiscal que va a presentar de la persona fallecida. Debe colocar los ingresos como salario, rentas de propiedades, intereses bancarios, entre otros.
Presente la declaración ante la DIAN: aunque este proceso se puede hacer de manera virtual, algunos expertos recomiendan hacerlo presencialmente, haciendo la cita en nombre del fallecido.