¿El incremento del arriendo se aplica automáticamente desde enero de 2025?
¿Cómo afectará la inflación del 5,2 en 2024 a los arriendos en Colombia? Expertos explican el impacto y las recomendaciones para propietarios y arrendatarios.
La publicación de la inflación de 2024, que se ubicó en un 5,2%, plantea una pregunta para millones de colombianos: ¿cómo impactará este dato en el valor de los arriendos? Según la Ley 820 de 2003, este porcentaje se convierte en el tope máximo permitido para el ajuste anual de los cánones de arrendamiento en vivienda urbana.
En entrevista con Radio Red de RCN Radio, Mario Ramírez, presidente de la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas), aclaró que el aumento no es automático desde enero.
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“Ese incremento se puede dar posterior a 12 meses de la ejecución del contrato. No quiere decir que automáticamente los arriendos van a incrementarse desde enero, sino cuando ya el contrato ha tenido una vigencia de 12 meses. Es decir, si yo firme un contrato en abril del 2024, por ejemplo, hasta abril de este año, el arrendatario puede incrementar el canon de arrendamiento en un tope máximo del 5,2%”, destacó.
Esto significa que quienes firmaron sus contratos recientemente deberán esperar a completar el año para ver reflejado cualquier ajuste. Ramírez también enfatizó la importancia de formalizar los contratos de arrendamiento por escrito.
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“Alrededor de un 85% de los contratos se hacen verbales, y sabemos que lo que no se deja por escrito, puede pasar desapercibido. Ahí es donde llegan a tener muchas vulneraciones los derechos, tanto de propietarios como de arrendatarios”, destacó.
Por ello, Fedelonjas recomienda que estos acuerdos se documenten de manera formal, preferiblemente con asesoría de profesionales inmobiliarios. De acuerdo a Fedelonjas, en Colombia, cerca de 7 millones de hogares, equivalentes al 40,3% de la población, viven en arriendo.
Aunque la tendencia de adquisición de vivienda propia ha aumentado, un sector significativo de la población prefiere arrendar por la flexibilidad que ofrece, especialmente en términos de ubicación y sin necesidad de endeudarse.
“El arrendamiento cada vez coge más dinámica en Colombia, y con las cifras que les mencionaba anteriormente, uno empieza a ver que el atractivo que tiene el arrendamiento de inmuebles, particularmente la localización”, indicó.
Respecto a las cuotas de administración en propiedades horizontales, Ramírez aclaró que estas no están reguladas por la inflación. Su ajuste depende de la decisión de la asamblea de copropietarios, que suele realizarse entre marzo y abril de cada año.
Por otro lado, los arriendos de locales comerciales, bodegas y oficinas no están sujetos al límite del 5,2%. Estos contratos se manejan bajo condiciones distintas, establecidas entre las partes involucradas.