Empresas e independientes podrán disminuir el aporte de las pensiones
Así quedó estipulado en el decreto 558, con el cual se busca aliviar el bolsillo en medio de la pandemia.
El Gobierno aprobó en el decreto 558 de 2020 un alivio económico para las empresas públicas y privadas así como también a los trabajadores independientes para que puedan hacer un aporte menor de pensiones, en medio de esta emergencia económica por el coronavirus.
En dicha norma quedó establecido que podrán hacer una cotización parcial solo del 3% a pensiones para los meses de abril y mayo de este año, cuando normalmente es del 16% en total.
"Este beneficio será por los próximos dos meses y es de carácter optativo", aseguró Alejandro Bernal, director de aseguramiento del Ministerio de Salud.
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La Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) fue ajustada para que permita que los que se acojan a este beneficio puedan hacer la cotización parcial a pensiones de los periodos de abril y mayo con la tarifa del 3% y se reporte este porcentaje al Sistema General de Pensiones.
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El Ministerio de Salud aclaró que en el caso de la suspensión temporal del contrato de trabajo o una licencia no remunerada, el empleador que se acoja al pago parcial deberá reportar el 3%.
Además señaló que tanto para empresas como independientes que se quieran acoger a este beneficio, el aporte con destino al Fondo de Solidaridad Pensional no se hará.
La cotización parcial del 3% a pensiones no aplica para madres sustitutas, beneficiarios del Fondo de Solidaridad Pensional, concejales municipales o distritales no amparados con póliza de salud, beneficiarios del Fondo de Solidaridad Pensional y del mecanismo de protección al cesante.
El Gobierno recalcó que a partir del 12 de abril y hasta el mes siguiente en el que termine la Emergencia Sanitaria no se cobrarán intereses de mora por las cotizaciones a salud, pensiones, riesgos laborales y parafiscales que correspondan a dicho periodo y se paguen de manera extemporánea.