Sentencia contra Argos es la tercera en firme por el cartel del cemento
El Consejo de Estado ya había ratificado la sentencia contra Holcim y Cemex.
El Consejo de Estado confirmó la sanción impuesta a Argos por la Superintendencia de Industria y Comercio por haber integrado, junto con Holcim y Cemex, un cartel empresarial en la modalidad paralelismo consciente en fijar artificialmente los precios del cemento, entre junio y diciembre de 2005, y repartirse el mercado de cemento en Colombia.
Las sanciones impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio en el año 2008 ascendieron a $923 millones de pesos para el caso de Argos y $138 millones de pesos para el caso del representante legal de esta compañía, José Alberto Vélez Cadavid. De acuerdo con la Sentencia del Consejo de Estado, sí se encontró acreditada la conducta anticompetitiva de Argos, Cemex y Holcim y la decisión de la Superindustria fue adoptado con plena sujeción a la ley.
Esta decisión se suma a las sentencias proferidas por el Consejo de Estado el 14 de junio de 2018 y 21 de junio de 2018, que ratificaron las sanciones impuestas por los mismos hechos a Cemex y Holcim, respectivamente, y a sus representantes legales.
Se trata de tres sentencias del Consejo de Estado proferidas en los últimos meses, ratificando la legalidad de las sanciones impuestas que la Superintendencia de Industria y Comercio adoptó en el año 2008 para sancionar el cartel empresarial que en la modalidad de paralelismo consciente de precios en el mercado del cemento en Colombia. De acuerdo con la Superintendencia, se afectó de manera grave la eficiencia económica, el buen funcionamiento del mercado y el bienestar general de los consumidores.
Estas sentencias del Consejo de Estado son definitivas y contra ellas no proceden recursos. Con esta Sentencia del Consejo de Estado en el caso de Argos, quedan ya resultas tods las demandas de nulidad que fueron interpuestas por las empresas cementaras cartelizadas en el año 2005 y sancionadas en el año 2008 por la Superintendencia de Industria y Comercio.
El caso sancionado por la Superindustria
Durante la investigación, la Superintendencia de Industria y Comercio encontró plenamente probado, entre otras cosas, que los precios presentaron un comportamiento paralelo entre junio y diciembre de 2005 y reacciones simultáneas en proporciones similares al final de dicho periodo y existe suficiente evidencia del intercambio de información y las reuniones que llevaban a cabo tanto los representantes legales como los responsables del área comercial, lo cual propició la colusión o cartelización entre Argos, Cemex y Holcim.
Así mismo, la Superintendencia de Industria y Comercio encontró probado que existió un acuerdo cartelista entre Argos, Cemex y Holcim para repartirse el mercado de cemento gris Pórtland tipo 1 a nivel nacional de junio a diciembre del 2005. Esta conclusión tuvo como fundamento: el comportamiento estable de las participaciones de mercado de estas empresas, el intercambio de información detallada y desagregada de los despachos nacionales de cemento gris; el abastecimiento efectuado a Cemex por parte de sus competidores en un escenario de “guerra de precios”; el reconocimiento de inexistencia de competencia entre Argos, Cemex y Holcim y; la existencia de un comportamiento concurrente entre los investigados, facilitado por el intercambio de información, las reuniones de los representantes legales y responsables del área comercial y los demás elementos facilitadores que habrían propiciado una colusión o cartelización entre Argos, Cemex y Holcim.