En un año se debería crear un plan de contingencia en la educación para futuras pandemias: Corte

Ese plan de contingencia debe crearse sin importar cuál es el modelo educativo aplicable en presencialidad, virtualidad o cualquiera otro.
Salón de clases. Ilustración.
Salón de clases. Ilustración. Crédito: Suministrada Secretaría de Educación de Pereira

La Sala Plena de la Corte Constitucional le dio el plazo de un año al Gobierno para que cree un plan de contingencia que permita que todos los niños y niñas independientemente de su clase social, tengan acceso a la educación en medio de una posible próxima pandemia o catástrofe.

Ese plan de contingencia debe crearse sin importar cuál es el modelo educativo aplicable en presencialidad, virtualidad o cualquiera otro.

Así mismo la Corte dio plazo de seis meses al Gobierno, al Ministerio de Educación y a los Entes Territoriales, de crear un plan o conjunto de estrategias que permitan evaluar a nivel nacional y territorial el impacto que ha tenido la pandemia generada por la Covid-19 en el servicio de educación, en los docentes y en los estudiantes.

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La Corte dio plazo de otros seis meses para mejorar las medidas implementadas hasta la fecha, en busca de reducir la brecha que se amplió con la pandemia en materia educativa.

Eso se debe hacer con expertos de diferentes disciplinas “a través de acompañamiento psicológico, nivelación de contenidos, reducción de las cifras de deserción, y focalización de la estrategia de conectividad en las zonas donde habitan niños, niñas y adolescentes en situaciones de mayor vulnerabilidad”, señaló la Corte.

Ese pronunciamiento se dio al estudiar tres tutelas de menores de edad que se vieron afectados en su educación porque no tenían internet, ni computador para asistir a clases virtuales en medio de la pandemia del coronavirus.

Esa situación inició cuando el gobierno nacional ordenó el confinamiento total de la población por miedo al contagio masivo de covid-19 y el Ministerio de Educación ordenó que “las clases seguían bajo la modalidad no presencial, con esporádicas visitas a los colegios”, decían las tutelas

Esa situación la vivieron no solo los tres menores interpusieron las tutelas, sino miles de niños en el país que viven la ruralidad y que sus familias son de bajos recursos y no tienen la posibilidad de conectividad que se requiere para asistir a clases virtuales.

En ese sentido, para la Corte los niños, niñas y adolescentes han enfrentado efectos negativos como la pérdida de habilidades y competencias en su desarrollo cognitivo y emocional, generando o reforzando una brecha en la educación de los menores de edad.

La decisión se tomó con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez y con una votación de ocho votos a favor y uno en contra.


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