Por: La FM
¿Deben los hijos pasar cuota alimentaria a los padres de la tercera edad?
La protección para el adulto mayor es una responsabilidad que el estado en Colombia ha manejado y que muchas personas desconocen; pues su manutención es tan importante y tan obligatoria en familiares, que presentar un descuido, puede traer sanciones a los mismos.
En ese sentido, si los padres de un hijo necesitan cuidados especiales por su avanzada edad, deben ser en primera instancia y primordialmente de los hijos, pues son ellos quienes deben hacerse responsables de todas las atenciones que ellos requieran.
No obstante, esto no será solo responsabilidad de ellos, ya que el derecho de una cuota alimentaria también rige obligación en nietos, hermanos o compañero sentimental permanente.
Esto sucede al igual que con los menores de edad, donde se debe evidenciar un vínculo con la persona, y la necesidad de la misma
Por ende, si un hermano ve que su pariente no está atendiendo de manera oportuna las necesidades de su padre o madre, adulto mayor, puede acudir a una entidad gubernamental para que se fije una cuota mensual.
Según la ley, el monto a pagar para la cuota mensual de los padres que lo requieran se da a partir de las necesidades del adulto mayor que se basan en comida, necesidades básicas, arriendo, entre otras, esta se calcula a partir de la capacidad económica de los familiares.
s decir, que según los salarios que devenguen, asimismo será el monto requerido asignado por un juez de familia.