Casa por cárcel al empresario Enrique Vives Caballero
Este viernes un juzgado rechazó la petición de nulidad presentado por la defensa del empresario.
El juzgado tercero de conocimiento de Santa Marta modificó la medida de aseguramiento que existe en contra del empresario Enrique Vives Caballero y ordenó que sea trasladado a su domicilio dentro del proceso que se le adelanta por haberle causado la muerte a seis jóvenes tras arrollarlos con su camioneta en la madrugada del pasado 13 de septiembre en el sector de Gaira en la capital del Magdalena.
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Para el despacho judcial la medida de aseguramiento sigue siendo necesaria con el fin de salvaguardar la integridad del proceso y evitar maniobras dilatorias y que afecten la recta administración de justicia y obtención de verdad, justicia y reparación. Tras resolver el recurso de apelación el juez indicó que se deben tomar todas las medidas para que este caso no sufra ninguna afectación.
“De los hechos jurídicamente relevantes debidamente soportados que acredita el delito de homicidio de culposo agravado y no el homicidio bajo la modalidad de dolo eventual (…) En su lugar impondrá detención preventiva relativa a la medida de aseguramiento en el lugar de residencia”, precisó el juez al leer el fallo de segunda instancia.
Vives Caballero se encontraba en la cárcel desde el pasado 18 de septiembre después que la jueza primera municipal con función de control de garantías reseñara que el empresario representaba un peligro para la sociedad y estando en libertad podía afectar el desarrollo del caso.
El juzgado le ordenó al Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec) adelantar todos los trámites con el fin de realizar el traslado de Vives Caballero desde la cárcel La Ternera de Cartagena a su domicilio en la ciudad de Santa Marta. Igualmente, en la capital del Magdalena se deberá seguir una estricta vigilancia.
A primera hora, el mismo despacho judicial había rechazado la petición de nulidad radicada por la defensa de Vives Caballero quien argumentó que se le vulneraron todos sus derechso procesales y fundamentales al momento de su captura y la restricción para que se le prestara atención médica.