CIDH no admitió demanda que buscaba revivir megapensiones en Colombia
La CIDH respaldó la decisión de la Corte Constitucional sobre la reducción de las mesadas pensionales de los más altos funcionarios del Estado.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó de manera formal al Estado colombiano su decisión de no admitir la solicitud de 54 excongresistas y sus familiares para que revisaran sus demandas que buscaban revivir las denominadas megapensiones que en muchos casos ascendían a los 40 salarios mínimos mensuales.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos respaldó la decisión de la Corte Constitucional sobre la reducción de las mesadas pensionales de los más altos funcionarios del Estado, en la que se estableció como tope el pago 25 salarios mínimos.
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Para este órgano internacional la sentencia de la Corte Constitucional de 2013 no vulneró los derechos de los 54 excongresistas que para este caso elevaron el respectivo reclamo ante la CIDH.
“El caso se relaciona con los reclamos de 54 excongresistas cuyas pensiones fueron reconocidas bajo un régimen especial, declarado inconstitucional por la Corte Constitucional en virtud del Acto Legislativo 01 de 2005, por lo que sus pensiones fueron reducidas a los topes máximos establecidos en esta norma”, explicó la Agencia Jurídica del Estado.
En torno a estos hechos, la Agencia Jurídica indicó que la petición de los excongresistas era inadmisible dado que los hechos que la sustentan no constituían violaciones a obligaciones convencionales adquiridas por el Estado colombiano.
En la demanda que llegó hace diez años a la CIHD, los 54 excongresistas argumentaban que sus derechos se habían visto afectados en el momento en que la Corte Constitucional tumbó las ‘megapensiones’, consistente en el régimen especial que tenían.
Esta demanda fue elevada entre otros excongreistas por Alberto Santofimio Botero, condenado a 24 años de prisión por el crimen del excandidato presidencial Luis Carlos Galán Sarmiento.
Cabe recodar que este privilegio de megapensiones se eliminó en 2013 para congresistas y magistrados y en el año 2015 el efecto legal se hizo extensivo a las pensiones de funcionarios por orden de la Corte Constitucional.
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Así mismo, la Agencia expresó que los demandantes buscaban que la CIDH revisara las decisiones tomadas a nivel interno que ordenaron la reducción de las mesadas pensionales.
La Agencia Jurídica del Estado agregó que esta decisión respalda la normatividad interna que busca establecer un equilibrio pensional, con miras a garantizar la sostenibilidad del sistema de seguridad social en Colombia y el derecho a la igualdad.