Consejo de Estado: retiro de transporte en esquemas de seguridad no afecta la vida del protegido
La Sección Cuarta del alto tribunal advirtió que cuando la UNP retira el auxilio de transporte a personas que cuentan con esquemas de seguridad no afecta la integridad del protegido.
El alto tribunal, con ponencia del magistrado Hugo Bastidas, analizó una tutela de una víctima del conflicto armado y activistas de la comunidad LGBTI quienes solicitaban que les devolvieran el vehículo que tenías a su disposición para su esquema de seguridad.
En este caso, el alto tribunal analizó diferentes pruebas que expuso la UNP en este caso en particular y consideró que el retiro de dicho auxilio de transporte no era ‘caprichoso’ ni ponía en riesgo su vida.
Para el Consejo de Estado, la determinación de la UNP obedeció a un cambio de la reglamentación de los esquemas en la que se indica “como se ve, el Decreto 567 de 2016 eliminó el transporte terrestre de las medidas de seguridad, por lo que queda claro que dicha medida ya no deberá imponerse como carga a la UNP, toda vez que no es obligatoria”.
De igual forma, el Consejo de Estado hizo una advertencia frente a los mecanismos para reclamar los derechos fundamentales y en este caso concreto consideró que la tutela no era el medio idóneo porque no se configuró una vulneración de derechos, sino debió realizar una acción de nulidad frente al decreto que eliminó dicho auxilio de transporte en los esquemas de seguridad que maneja la UNP.