Corte Constitucional tumbó la sala para militares dentro de la JEP
Se trata de una propuesta que en su momento fue defendida por el Centro Democrático.
La Corte Constitucional dio su primer coletazo a las objeciones del presidente Ivan Duque a la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP): tumbó dos artículos de la ley de procedimiento que habían sido incorporados por el Centro Democrático.
Primero, el alto tribunal mantuvo la potestad de la JEP para practicar pruebas en procesos de extradición. De acuerdo con la Corte, el objetivo es que la jurisdicción verifique únicamente la fecha en que se cometieron los presuntos delitos para dar su concepto sobre la extradición.
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Si se comenten delitos después de la firma del acuerdo de paz (24 de noviembre de 2016), el caso deberá pasar a la jurisdicción ordinaria. La Corte agrega que la extradición no procederá si se comprueba "un delito de comisión permanente como un secuestro o una plantación de coca".
En segundo lugar, el alto tribunal tumbó las salas especiales para los militares que se han acogido a la JEP. La Corte encontró que esa discusión no surtió todos los debates que deben cumplir las normas en el Congreso, es decir, fue un debate en que apareció en último momento, “irrespetando todo el proceso que la ley requiere”.
Según los magistrados, la norma tuvo vicios de procedimiento: “No hubo cuatro debates en el Congreso para que la norma fuera constitucional. Apareció a última hora. No tuvo debate en las comisiones, ni en una de las plenarias”.