Breadcrumb node

Defensa de Santrich buscará demostrar falso positivo judicial de la Fiscalía

Pidió a la JEP liberar y no extraditar al exjefe de las Farc.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Marzo 12, 2019 - 12:30
Audiencia de Jesús Santrich en La Picota
Audiencia de Jesús Santrich en La Picota
Cortesía: Consejo de Estado

En un documento de 40 páginas, la defensa del exjefe de las Farc, Jesús Santrich, presentó los alegatos de conclusión ante la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, solicitando garantías de no extradición y la orden de libertad inmediata.

“Hemos solicitado a la jurisdicción especial de paz que conceda las garantías de la no extradición, a Jesús Santrich y ordene la libertad inmediata (...) debe continuar el proceso de reincorporación política, económica y social, hoy suspendido por cuenta de este falso entrampamiento, un falso positivo judicial montado por los agentes de la DEA y la Fiscalía General de la Nación”, indicó el abogado Eduardo Matyas, defensor de Jesús Santrich.

La defensa señala que el expediente que estudia la Justicia Especial para la Paz no contiene prueba alguna que de cuenta de la realización de conductas ilícitas por parte de Santrich.

Le puede interesar: Congreso tiene plazo hasta diciembre para definir objeciones a la JEP

“La Fiscalía General de la Nación, en una maniobra engañosa, ha enviado a la JEP 12 audios que pertenecen a otro proceso, el cual no tiene nada que ver con Jesús Santrich, pero con el que se pretende involucrarlo, mezclando conversaciones inconexas con hechos en los que no tiene ningún tipo de compromiso y que, aun así, solo dan cuenta de manera explícita que Jesús Santrich sostuvo reuniones para la discusión de proyectos productivos”, sostuvo el abogado.

Según la defensa de Santrich, la presentación de dichos audios carece de la legalidad necesaria para ser incluidos en este proceso," pero además, "carece de toda posibilidad de probar cualquier tipo de conducta ilícita".

Lea también: Autoridades declaran alerta naranja en Mocoa, Putumayo, por lluvias

Agrega que de acuerdo al acto legislativo aprobado por el Congreso y las decisiones de la Corte Constitucional, la JEP debe evaluar la conducta del procesado y analizar, por medio de un debate probatorio, si existe o no una acción que objetivamente se pueda tipificar como ilícita, para así poder determinar la fecha de la ocurrencia del hecho. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información