En firme condena Héctor Paúl Flórez por crimen de Álvaro Gómez Hurtado
El alto tribunal no aceptó el recurso para revisar la sentencia de Héctor Paúl Flórez Martínez.
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia decidió no reponer el fallo que rechazó la revisión de la condena de 40 años de prisión en contra de Héctor Paúl Flórez Martínez por su responsabilidad en el asesinato del líder político Álvaro Gómez Hurtado.
Con ponencia del magistrado Eugenio Fernández Carlier, el alto tribunal rechazó los argumentos presentados por la de defensa de Flórez Martínez, señalando que no se presentó una prueba nueva para revisar el expediente. En este sentido se indica que todos los elementos puestos de presente en el recurso de revisión ya habían sido citadas en otros estrados judiciales.
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“No es novedoso el contenido de las declaraciones rendidas por los testigos a los que alude la defensa”, precisa uno de los apartes del fallo de 32 páginas en los que se insiste que las declaraciones citadas ya se habían conocido en el desarrollo del juicio y en los respectivos recursos de apelación y casación.
El alto tribunal agrega que las autoridades judiciales estudiaron otros elementos materiales probatorios para definir la condena en contra de Flórez Martínez por participar en el plan para atentar en contra de la vida del excandidato presidencial y dirigente conservador.
Frente al informe de dos agentes de la Sijín sobre las contradicciones en las que había incurrido un informante de la Dijín –identificado como Carlos Lugo Álvarez- la Corte Suprema responde que en una instancia judicial esta prueba fue rechazada y se le dio validez a la declaración de otros testigos del crimen para realizar su respectiva individualización.
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“El Tribunal estimó la declaración y reconocimiento en la fila de personas efectuada por Javier Jonson Fonseca Buitrago y luego valorar conjuntamente otras pruebas testimonionales incluidas la de Edgar Rueda Jauregui y otros transeúntes que presenciaron los hechos dio como probada la responsabilidad de Héctor Paúl Flórez Martínez en el homicidio de Álvaro Gómez Hurtado y José del Cristo Huertas Hastamorir”, indica la decisión.
La Corte Suprema aseguró que pese a lo dicho por la defensa del condenado, existen muchos elementos materiales de prueba que los ubican en Bogotá para el momento de la ejecución del magnicidio, esto haciendo referencia a las pruebas presentadas sobre la presencia de Flórez Martínez en un funeral en Sincelejo (Sucre).
Gómez Hurtado fue asesinato el 2 de noviembre de 1995 cuando salía de la Universidad Sergio Arboleda en el norte de Bogotá. El vehículo fue interceptado por varios sujetos que les dispararon en repetidas oportunidades con armas de fuego de uso privativo de las Fuerzas Militares.
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En la acción murieron de manera inmediata el dirigente político y su conductor José del Cristo Huertas Hastamorir, mientras que resultaron heridos Edgar Ignacio Rueda Jauregui y una vendedora ambulante que tenía su puesto en inmediaciones del claustro académico.
Por estos hechos, el 21 de diciembre de 2001 el juzgado segundo penal especializado de Bogotá condenó a 40 años de prisión a Héctor Paúl Flórez Martínez por los delitos de homicidio agravado, tentativa de homicidio, lesiones personales agravadas, porte ilegal de armas de fuego de uso privativo de las Fuerzas Militares y concierto para delinquir para cometer delitos de terrorismo. Fallo que fue ratificado el 13 de febrero de 2001 por el Tribunal Superior de Bogotá.
En diferentes oportunidades Flórez Martínez ha manifestado que es inocente, reseñando que fue detenido sin ningún tipo de pruebas y vinculado con un crimen que conoció a kilómetros de distancia puesto que en esos momentos se encontraba en Sincelejo en el velorio de la abuela de un amigo.