Fallo abre la puerta a la fumigación con glifosato en el país
Gobierno advierte que está listo para la aspersión aérea.
El juez segundo administrativo de Pasto (Nariño) dio vía libre a la socialización sobre aspersión aérea con glifosato en Colombia y reconoció que el Gobierno ha garantizado que las comunidades participen de las audiencias públicas sobre este tema.
De esta manera resolvió a favor de las autoridades colombianas un incidente de desacato que las comunidades afro, indígenas, y campesinas, habían interpuesto contra la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla), la Dirección Antinarcóticos de la Policía y la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior, por considerar que no habían cumplido con el fallo de tutela que ordenaba garantizar la participación integral de todos los sectores en el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante Aspersión Aérea con Glifosato (PECIG).
El pasado 25 de agosto el mismo juez ordenó suspender la convocatoria a la audiencia pública programada para el 1 de septiembre en la que se iba a evaluar el regreso de la aspersión aérea con glifosato y la cual estaba liderando la Autoridad de Licencias Ambientales (Anla).
En dicha audiencia, se iban a otorgar las respectivas licencias para la reactivación de las fumigaciones aéreas con glifosato en Colombia para erradicar los cultivos ilícitos.
En su momento, el juzgado determinó que no se garantizó la participación de las comunidades afectadas, ordenando que la Anla debe hacer todo lo posible para que estén presentes en dicha audiencia.
Recordó que muchos los pueblos indígenas no cuentan con conexión a Internet y esto puede impedir que participen en las convocatorias y se enteren de lo que allí ocurre.
Luego de dos meses de ese fallo, las comunidades que promovieron la acción de tutela advierten que las comunidades campesinas todavía no están siendo atendidas de acuerdo a las limitaciones de conexión ni al enfoque diferencial que tienen y que, no ser consideradas podrían resultar afectadas con las licencias que otorgue la Anla.
En ese sentido, el funcionario judicial reconoció el esfuerzo que el Gobierno ha emprendido para garantizar que mejore la cobertura de las audiencias de socialización sobre el uso de la aspersión aérea con glifosato.
“El juzgado concluye que la conducta desplegada por los funcionarios responsables del acatamiento del fallo de primera instancia modificado en segunda instancia por parte del Tribunal Administrativo de Nariño, está apegada al principio fundamental de buena fe que debe observarse en toda actuación y se han desarrollado actuaciones tendientes al obedecimiento de las órdenes emanadas en la tutela”, dicen apartes del fallo.
También señala que, no es necesario que se adelante un proceso de consulta previa, teniendo en cuenta que las autoridades colombianas cumplieron con esta fase.
“En ese sentido, mal haría el Despacho en disponer la realización de consulta previa, pues considera que dentro de la esfera de su competencia la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior cumplió con lo pertinente, además no se han acreditado circunstancias nuevas que ameriten la realización de un nuevo análisis para determinar la procedencia de consulta previa”, señaló el juzgado.
En el fallo también concluyó que se deben reanudar las convocatorias para las audiencias públicas sobre la aspersión, garantizando que las comunidad tengan acceso a la información previamente.
“Lo anterior verificando e informando a este despacho cada actuar y dando prevalencia según la actual realidad a la participación real de las comunidades interesadas. Lo anterior garantizando en forma efectiva el acceso previo a la información requerida por la comunidad para la toma de decisiones”, dijo el despacho.
Aunque el juez dio vía libre para que se reanude la socialización sobre el glifosato, señaló que, el Gobierno debe asegurarse que el lenguaje utilizado durante este tipo de eventos sea claro para las comunidades que en ellos participen.
“Se aclara que cuando el lenguaje técnico no permita hacerlo deberá preservarse este último. A lo anterior se expresa por el Juez que es un deber también de la comunidad la búsqueda de asesoría para el entendimiento de tales documentos, asesoría que puede presentarse por parte de las entidades estatales o por algunas de las organizaciones coadyuvante”, aseguró.