Impuesto solidario: los detalles y tropiezos en la Sala Constitucional
Participaron los magistrados que habían presentado impedimentos para apartarse del debate.
Aunque se pensaba que la Sala Plena de la Corte Constitucional se iba a demorar para tomar decisión sobre la legalidad del Decreto 568 que creó el impuesto solidario, lo cierto es que los magistrados estaban bien adelantados en ese debate.
Antes de la decisión, la Corte pasó por varios tropiezos: primero, los nueve magistrados que conforman la Sala se declararon impedidos; ese punto lo resolvieron nueve conjueces que concluyeron que ellos estaban capacitados para decidir.
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Lo segundo fueron tres impedimentos de los magistrados, Alejandro Linares, José Fernando Reyes y Carlos Bernal -ponente del caso-, pero la decisión tuvo cinco votos contra cuatro, lo que querría decir que la Sala no les aceptó el recurso porque terminaron participando en la decisión.
El tercer tropiezo fue la renuncia del magistrado Carlos Bernal y que su ponencia fue derrotada en sala, lo que quiere decir que iba aprobando el impuesto solidario, pero los magistrados no estuvieron de acuerdo.
Para resolver ese último tema, la Sala escogió a las magistradas, Gloria Stella Ortiz Delgado y Cristina Pardo, como ponentes, con el fin de que cambiaran la ponencia para que tuviera la mayoría de los votos.
Los magistrados Bernal, Diana Fajardo, Luis Guillermo Guerrero, Antonio José Lizarazo, salvaron su voto de la decisión.
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Al tomar la decisión, la Corte Constitucional explicó que los dineros que se alcanzaron a pagar se entenderán como anticipo del impuesto de renta, para la vigencia 2020, pagaderos en el 2021. Esto quiere decir que las personas que pagaron el impuesto solidario no pagaran el próximo impuesto de renta.
El impuesto solidario se cayó por falta de equidad tributaria y falta de generalidad del tributo. El impuesto se creó en medio de la pandemia para funcionarios públicos que ganaran más de 10 y hasta 15 millones de pesos. En esa medida, no se incluía a los miembros de la fuerza pública.