Inpec deberá actualizar semanalmente los contagios de coronavirus en las cárceles
La Corte Constitucional hace seguimiento a las medidas adoptadas por las autoridades para prevenir el contagio del virus en las cárceles.
La Corte Constitucional ordenó al Instituto Penitenciario (Inpec) categorizar en orden de nivel los contagios por el coronavirus en todas las cárceles del país y actualizar esa información semanalmente para que los organismos de control como la Procuraduría, la Defensoría y la sociedad la consulten.
Esa orden de la Corte se dio en el marco del estudio de dos tutelas que buscan proteger los derechos fundamentales de la población reclusa y en el seguimiento de las medidas adoptadas por las autoridades para prevenir el contagio del virus en las cárceles.
Entre esa lista de ordenes que se leen en la decisión de la Corte, el Inpec deberá ajustar los protocolos de prevención y atención de la pandemia en esas cárceles priorizadas y acorde a los niveles de contagio existentes.
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También se debe adelantar un trabajo mancomunado entre el Inpec, la Unidad de Servicios Penitenciarios (Uspec) y las autoridades regionales enfocado a continuar con las medidas de higiene, distribución de elementos de aseo y prevención, disponibilidad de personal médico y búsqueda e identificación de casos sospechosos de contagio.
El Inpec deberá adelantar jornadas periódicas de desinfección de los establecimientos carcelarios y garantizar la toma de muestras de laboratorio a las personas que se identifiquen como posibles casos de contagio por COVID-19.
Así mismo deberán adecuar lugares de aislamiento preventivo adentro o fuera de las cárceles para aquellos reclusos que resulten con el virus.
La Corte advirtió que en esos lugares no debe haber hacinamiento “que garanticen condiciones de reclusión dignas y el cumplimiento estricto de las medidas sanitarias de prevención del contagio”.
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También deberán tener actualizadas las hojas de vida de todos los internos para identificar quienes puedan tener el derecho a la casa por cárcel o “medidas sustitutivas de la privación de la libertad”.
En ese punto, la Corte advirtió que esa información la debe conocer la Defensoría del Pueblo con el fin de facilitar abogados a los reclusos que no tengan los recursos para pagar uno.