Musa Besaile, aceptado en la JEP
Su caso tiene que ver con el 'Cartel de la Toga'
La Sección de Apelación del Tribunal para la Paz, confirmó el sometimiento a la JEP del excongresista Musa Besaile Fayad por el delito de cohecho, en lo relacionado con la entrega de dineros a funcionarios judiciales de la Corte Suprema de Justicia para evadir la acción de la justicia y asegurar la impunidad en el marco del escándalo del “Cartel de la Toga”.
No obstante, en la misma determinación, la Sección de Apelación tumbó el sometimiento del excongresista a la JEP, en relación con el proceso en su contra por el “Cartel de la Hemofilia”, en el cual es juzgado por el delito de peculado por apropiación.
Los magistrados de la Jurisdicción Especial Para La Paz concluyeron que la corrupción administrativa y contractual relacionada con la apropiación de los dineros destinados a la atención de enfermos de hemofilia en el Departamento de Córdoba no tenían relación con el conflicto armado interno.
Ante esta valoración, los magistrados excluyeron este caso del conocimiento de la JEP y ordenaron su devolución a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para continúe con el respectivo proceso penal.
“Se pudo constatar que la apropiación ilícita, entre otros, de los recursos de la salud fue planeada y ejecutada por el excongresista y el exgobernador Alejando José Lyons años antes del pago de la coima judicial a abogados y funcionarios de la Corte Suprema de Justicia para evitar la investigación y juzgamiento por sus vínculos con el paramilitarismo”, señala la decisión de la JEP.
Estas determinaciones fueron adoptadas tras resolver el recurso de apelación presentado por la procuraduría en contra de la resolución emitida el enero 16 pasado por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, mediante la cual se había aceptado el sometimiento en ambos procesos a la JEP del excongresista.
“Los hallazgos de la justicia ordinaria constituyen un mínimo a partir del cual el compareciente voluntario debe avanzar. El aspirante a comparecer debe, por regla, superar ese umbral si su objetivo es que la JEP prevalezca sobre la justicia ordinaria”, enfatizó el tribunal especial.
En esta providencia, la Sección de Apelación precisó la exigencia adicional que debe hacerse a los comparecientes voluntarios que pretenden acceder al tratamiento jurídico especial de la justicia transicional.
La decisión fue adoptada por unanimidad de los magistrados a cargo del proceso, con aclaración de voto de uno de sus integrantes.