Piden 'muerte política' para expresidente de Comisión de Acusación, Luis Emiro Tovar
Tovar habría incurrido en un conflicto de interés, al no declararse impedido para el cargo.
La Sala Especial de Decisión de Pérdida de investidura de Primera Instancia del Consejo de Estado tiene en sus manos decidir si decreta o no la pérdida de investidura al expresidente de la Comisión de Acusaciones Luis Emilio Tovar, que fue demandada por un supuesto conflicto de interés.
Supuestamente, Tovar no informó a la Cámara de la investigación que tenía en curso en el Consejo de Estado, la cual terminó con la nulidad de su elección, motivo que llevó a que dejara su curul en el Congreso.
Ante la Sala, el procurador delegado Alonso Pío Fernandez fue vehemente al solicitar que se decrete la pérdida de investidura, dado a que Tovar omitió informar a la Cámara sobre la investigación que surtía en su contra y que pedía anular su elección.
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“Es un juicio de carácter ético y moral (...) la obligación de él (Tovar) era manifestarle a los miembros de esa Comisión de ese proceso que se estaba siguiendo en el Consejo de Estado y para el Ministerio Público resulta altamente reprochable el haber guardado silencio con el ánimo posterior de lograr un beneficio directo”, dijo el procurador, al recordar que quien investiga a los magistrados es la Comisión de Acusaciones.
La defensa de Tovar dice que no hubo intenciones de “hacerse elegir como presidente de la Comisión, con el afán de proteger su investidura”, mientras que las investigaciones de la Procuraduría dan cuenta que Tovar nunca dejó de recibir sueldo de congresita previo al fallo.
Tovar resultó elegido en las elecciones del 7 de marzo de 2018 para el periodo 2018-2022; el 22 de marzo se le entrega la credencial que lo acredita como congresista y el 20 de julio toma posesión como representante a la cámara.
El 31 de julio es elegido como presidente he de la Comisión de Acusaciones y, el 31 de octubre de ese mismo año, se declara la nulidad de la elección.
“Los efectos del fallo de la nulidad electoral se surten hacia el futuro, no se puede entenderse y pretender que los efectos sean retroactivos”, dijo el procurador.
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En conclusión, lo que señala la Procuraduría, es que Tovar debió declararse impedido para el cargo de presidente y conocer sobre las investigaciones en contra de magistrados, incluso las del Consejo de Estado, ya que tenía en su contra un proceso de nulidad de su elección por doble militancia.
La nulidad de la elección de Tovar se decretó en febrero de este año luego de que la Sección Quinta del mismo Tribunal de lo Contencioso Administrativo confirmó que durante una reunión política en Arauca, el dirigente hizo manifestaciones concretas de apoyo y acompañamiento a un candidato a la Cámara por Bogotá, quien milita en un partido diferente al Centro Democrático.
En ese fallo, el Consejo de Estado concluyó que el partido Centro Democrático “tenía su propia lista inscrita a la Cámara de Representantes por Bogotá, lo cual imponía al señor Tovar Bello apoyo a la misma o incluso a algunos de sus integrantes como miembros de la colectividad política a la cual pertenece y por la cual estaba inscrito a la Cámara por Arauca”.