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Presidencia tiene libertad de decidir sobre comparecencia del país ante Corte Internacional de Justicia

Así lo señaló el Consejo de Estado.

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Actualizado:
Viernes, Noviembre 20, 2020 - 21:58
Consejo de Estado
Colprensa

El Consejo de Estado aclaró que el Presidente de la República tiene la libertad de decidir si Colombia asiste o no ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en procesos que cursen en su contra.

Así lo concluyó el alto tribunal al responder una consulta de Presidencia y el Ministerio de Relaciones Exteriores, frente a un litigio que cursaba hace cuatro años contra Colombia, a raíz de las demandas de Nicaragua sobre la soberanía del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

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Ese concepto se hace público y se conoce después de que el Consejo de Estado haya levantado la reserva sobre ese proceso. El concepto fue emitido en el 2016 pero no se conocía por la reversa.

Así las cosas, la consulta que hizo el Gobierno se encaminó a que si existía algún mandato que obligara el jefe del Estado y a su ministro de Relaciones Exteriores comparecer ante esa corte.

Puntualmente, el documento dice que “en el ordenamiento interno no hay norma que obligue a estos funcionarios a comparecer”.

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Así mismo, aclara que esa asistencia “hace parte de la discrecionalidad con la que cuenta el Presidente en el manejo de las relaciones exteriores”.

El Consejo de Estado concluyó que “nada le impide al jefe del Estado decidir comparecer en uno de los procesos y no hacerlo en el otro que cursa ante la Corte Internacional de Justicia”.

Ese litigio entre Colombia y Nicaragua inició con demandas en el 2001 para que esa corte definiera la soberanía sobre el Archipiélago.

En la decisión de ese tribunal internacional se confirmó la validez del Tratado Esguerra–Bárcenas sobre cuestiones territoriales entre los dos países desde mayo de 1928.

 

Fuente:
Sistema integrado de información