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Procuraduría destituye a funcionarios del Inpec por colaborar en la fuga de Aida Merlano

Destituyen e inhabilitan a exsubdirectora de cárcel por fuga de Aida Merlano.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Diciembre 13, 2024 - 12:51
Aida Merlano
Aida Merlano
Colprensa

La Procuraduría sancionó con destitución e inhabilidad general por ocho años a Katherine Lozano Forero, exsubdirectora de la cárcel El Buen Pastor, por su responsabilidad en la fuga de la exsenadora Aida Merlano Robledo. 

En el mismo expediente, el organismo impuso sanciones a otros tres funcionarios, quienes también fueron hallados culpables de facilitar el escape.

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Los hechos tuvieron lugar en 2019, cuando Merlano, condenada por corrupción electoral, escapó mientras se encontraba en un procedimiento médico en Bogotá. 

Según la investigación de la Procuraduría, Lozano Forero, en su calidad de directora encargada del centro penitenciario, aprobó los traslados de la interna a consultorios médicos en las fechas del 26 de septiembre y 1 de octubre de 2019, sin asegurar que se cumplieran las medidas de seguridad necesarias. 

Por su parte, el comandante de Custodia y Vigilancia, David Alexander Álvarez Cárdenas, también recibió una sanción de ocho años por sus acciones, a pesar de que se encontraba de vacaciones al momento de la fuga.

La Procuraduría constató que Álvarez Cárdenas firmó la remisión médica de Merlano al centro odontológico 'Clínica de la Sabana' en Bogotá, sin las precauciones requeridas para garantizar su seguridad durante el traslado.

La teniente en prisiones, Diana Cecilia Muñoz Miguez, fue sancionada por su papel en la entrega de las boletas hospitalarias y la orden judicial que permitió la salida de Merlano con el pretexto de un procedimiento estético dental.

Además, el organismo afirmó que el dragoneante Luis Alejandro Ballesteros Rincón permitió que Merlano interactuara con sus hijos, lo que facilitó su fuga desde el centro hospitalario.

La Procuraduría consideró que estos funcionarios vulneraron los principios de moralidad, responsabilidad, transparencia y eficacia establecidos en la ley para el ejercicio de la función pública.

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En su fallo, la Procuraduría Distrital de Juzgamiento calificó las faltas del comandante y la teniente como “gravísimas”, a título de dolo; la de la exsubdirectora como “gravísima”, a título de culpa gravísima, y la del dragoneante como “grave”, a título de culpa.

Fuente:
Sistema Integrado de Información