RUT: ¿Tiene fecha de vencimiento? ¿cómo renovarlo?; DIAN responde
La actualización permitirá que la entidad cuente con información veraz, actualizada, clasificada y confiable.
El martes 3 de enero, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) por medio de un comunicado, explicó la vigencia de la inscripción del Registro Único Tributario RUT.
De acuerdo con el Decreto 1625 de 2016 en su artículo 1.6.1.2.7., dicha inscripción es indefinida, sin embargo, en caso de tener una modificación o adición en los datos que consignó originalmente en el registro (elementos constitutivos de identificación, ubicación o clasificación), debe realizar una actualización a más tardar dentro del mes siguiente al hecho que se genera.
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Esto señala que, “las empresas o entidades no deben solicitar el RUT con la fecha actualizada en la casilla 61, en su defecto, pueden verificar la fecha de generación del PDF del documento, la cual se visualiza en la parte derecha del pie de página del formulario”.
La actualización permitirá que la entidad cuente con información veraz, actualizada, clasificada y confiable para desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que, a su vez, facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, así como la simplificación de trámites y reducción de costos.
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¿Cómo inscribirse al RUT?
El proceso de inscripción y el de actualización se pueden realizar en cualquier administración de la DIAN, Cámaras de Comercio o Puntos de Contacto habilitados para el efecto, sin importar el lugar del domicilio principal de quien se esté registrando.
Además, estos procesos también pueden realizarse de manera virtual, sin necesidad de Firma Electrónica y sin costo.
Tenga en cuenta que, para el caso de la actualización de datos de identificación, no se podrá hacer de manera virtual.