Tras dura batalla, exguerrillera logra ser reconocida como víctima del conflicto
La Unidad de Víctimas tendrá que incluirla en el registro único para brindarle protección.
Después de varias batallas judiciales, una exguerrillera fue reconocida como víctima del conflicto armado. El nombre real de la mujer quien fue reclutada y hasta obligada a abortar aparecerá en el registro único de la Unidad de Víctimas y recibirá todos los beneficios y protecciones por parte del Estado.
La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió fallar a su favor y le concedió la tutela que había sido negada en otras instancias judiciales. Su historia es similar a la de varias mujeres reclutadas forzosamente por ese desaparecido grupo armado ilegal.
Le puede interesar: Tribunal mantiene en firme demanda contra nombramiento de Jaime Castro
Cuando tenía 14 años fue separada de sus padres y reclutada a la fuerza y pocos días después de ser mayor de edad, quedó embarazada luego de haber sido abusada sexualmente por un comandante quien la obligó a abortar a su bebé.
Cabe mencionar que la excombatiente sufre actualmente de varias enfermedades producto de ese procedimiento realizado de manera artesanal y sin ningún acompañamiento médico experto.
A pesar de haber contado su historia, la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas decidió no reconocerla como tal. Sin embargo, la Corte Constitucional concluyó que se habían violado los derechos fundamentales a la salud, la integridad personal, al mínimo vital, la vida digna, la reparación integral como víctima del conflicto armado, la educación y la vivienda de la mujer.
La presidente de la Corte, Gloria Ortiz, dijo que ese tribunal decidió “abrirle camino para la protección de derechos como el de la salud”.
Lea también: No hay nada que comprometa las finanzas de la campaña: abogado de Santos
Uno de los apartes del fallo, destacó “ordenar a la Unidad Administrativa para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas que en el proceso de reparación integral atienda a la accionante con enfoque diferencial de género y debida diligencia en el amparo de sus derechos fundamentales”.
La Corte también ordenó a la Eps Capital Salud prestar y garantizar una atención en salud integral inmediata, especializada, con enfoque diferencial y “durante el tiempo necesario para superar las afectaciones físicas y psicológicas derivadas de las agresiones de las que sufrió”.