Breadcrumb node

Tumban acuerdo de transporte de pasajeros entre Colombia y Emiratos Árabes

La Corte Constitucional declaró inconstitucional el acuerdo entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Mayo 26, 2023 - 16:38
Justicia en Colombia
Justicia en Colombia
Pexels / Sora Shimazaki

La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inconstitucional el 'Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos en relación con servicios Aéreos entre y más allá de sus respectivos territorios', luego de realizar la revisión constitucional de esta ley. 

En relación con los aspectos de forma, la Sala Plena determinó que el Estado colombiano fue representado válidamente durante la negociación, celebración y suscripción del acuerdo, no obstante, al estudiar el trámite legislativo de la ley, identificó que el tratado contenía cláusulas que establecían beneficios tributarios en cuanto a la obligación de analizar su impacto fiscal.

Leer también: Director de UNP entrega pruebas a la Fiscalía tras denuncias de corrupción y sicariato

Según explicación de fuentes de la Corte, durante la discusión en el Congreso, los legisladores no recibieron un concepto de parte del Ministerio de Hacienda y, pese a esto, el acuerdo fue aprobado en 2021. 

Al analizar dicho trámite legislativo, se encontró que ni en la exposición de motivos, ni en las ponencias, ni durante los debates se presentaron argumentos relacionados con el impacto fiscal de las medidas contenidas en el tratado. 

En tal sentido, estimó que el vicio era insubsanable y afectaba toda la ley, pues, al tratarse de una cuyo trámite en el Congreso de la República inició por iniciativa exclusiva del Gobierno Nacional. 

Por esto, la sala declaró la inexequibilidad de la ley aprobatoria en su totalidad pese a que los magistrados consideraron que el legislador impartió una aprobación global e íntegra del tratado, de conformidad con la competencia asignada al Congreso para aprobar o improbar los tratados que el Gobierno celebre. 

Le puede interesar: Caso Arturo Char: Proceso sigue en firme tras el rechazo de recusación por Corte Suprema

Además aseguraron que la Corte no puede adelantar el control constitucional desagregado de las cláusulas de los tratados aprobados por el Congreso, para efectos de determinar si se cumplieron parcialmente los requisitos del procedimiento en su ley aprobatoria, por lo que declararon inexequible todo el acuerdo. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información