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Adiós a los plásticos de un solo uso: estos son los cinco artículos que no quedarán prohibidos

Bolsas para empacar frutas y verduras y pitillos, son algunos de los artículos que quedarán restringidos en Colombia.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Julio 5, 2024 - 11:42
Pitillos
Los pitillos están entre los plásticos de un solo uso que quedaron prohibidos.
Freepik

Desde el próximo domingo 7 de julio en Colombia comenzará a regir la Ley 2232 de 2022, a través de la cual se prohíbe la producción y circulación de plásticos de un solo uso en el país. Aunque la implementación de la normativa se hará de manera gradual, desde la fecha serán 8 artículos los que estarán prohibidos.

Quienes no cumplan con la normativa a partir de la fecha, se expondrán a multas de hasta 50.000 salarios mínimos mensuales vigentes al momento de los hechos. Los locales comerciales además podrían ser clausurados de manera temporal.

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"Esperamos que esta transición al modelo de economía circular la podamos visibilizar de forma muy potente en la COP16, porque hace parte de la convención de biodiversidad para abordar la crisis de contaminación de microplásticos y el tratado de plásticos de un solo uso que se está en este momento negociando a nivel mundial para la eliminación de los plásticos que no sean esenciales, por ejemplo, para usos médicos donde no hay hoy un reemplazo", indicó la ministra de Ambiente, Susana Muhamad.

 

Pitillos de plástico
Las empresas que no cumplan con esta normativa podrían enfrentar sanciones que van desde multas de 100 hasta 50 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Freepik.com

Debido a que la nueva reglamentación aplicará en toda Colombia para los productores de envases y empaques, fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso y a las entidades públicas y privadas, a continuación le contamos cuáles plásticos de un solo quedarán prohibidos y cuáles no.

Los plásticos de un solo uso que quedarán prohibidos

De acuerdo con la normativa, los ocho plásticos de un solo uso que saldrán de circulación del mercado el próximo 7 de julio son: 

  • Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de use industrial. 
  • Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y factura.
  • Bolsas utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada. 
  • Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o Ilevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos.
  • Mezcladores de azúcar.
  • Pitillos para bebidas.
  • Soportes plásticos para las bombas de inflar. 
  • Soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón.

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Los plásticos de un solo uso que no quedarán prohibidos

Por ahora, serán cinco plásticos de un solo uso los que no quedarán prohibidos, según la normativa:

  • Bolsas de basura.
  • Bolsas para los desechos de las mascotas.
  • Empaques plásticos (envases, embalajes, etc.)
  • Productos desechables (cubiertos, vasos para el tinto, para los jugos o salpicones en la calle).
  • Recipientes portacomidas.
  • Icopor.

 

Cubiertos
Imagen de referencia. Los cubiertos desechables no quedarán prohibidos con la nueva normativa.
Pixabay

Los plásticos de un solo uso exceptuados

La ley además prevé excepciones para ciertos productos, incluidos aquellos que se encuentran en contextos médicos y para la preservación de alimentos. Estos son:

  • Artículos médicos para mantener la asepsia y conservar productos médicos, farmacéuticos o de nutrición clínica cuando no hay alternativas.
  • Productos plásticos de un solo uso para contener químicos peligrosos para la salud humana o el ambiente.
  • Envases desechables para alimentos líquidos, bebidas de origen animal y productos alimenticios húmedos por seguridad alimentaria.
  • Plásticos en uso médico y por personas con discapacidad.
  • Envases y embalajes usados para el cálculo del IPC o la canasta familiar, según el Dane.
  • Plásticos para residuos peligrosos según normativa vigente.
  • Productos fabricados con plástico reciclado 100% posconsumo nacional certificados por organismos gubernamentales.
  • Pajillas adheridas a envases de hasta 3.000 ml, con sistema de retención para su reciclaje, usadas en productos de la canasta familiar y alimentación escolar para garantizar seguridad alimentaria.

 

 

 

Fuente:
Sistema Integrado de Infromación