Congreso define medida de dosis mínima de droga en Colombia
El proyecto de ley, además, penaliza el abuso sexual y el 'manoseo' en el transporte público.
A último debate pasó el proyecto de ley sobre seguridad ciudadana en el que se define, entre otras cosas, la medida en gramos de droga que puede portar un ciudadano como dosis mínima, de acuerdo a la decisión de la Corte Constitucional.
En uno de los artículos del proyecto de ley, que trata sobre 'narcomenudeo', se establece que la dosis mínima que podrá portar un ciudadano será de 1 gramo para cocaína y 20 gramos para marihuana. El reaprovisionamiento no podrá pasar del doble de la medida consagrada.
El proyecto de ley, de autoría de la Fiscalía General de la Nación, penaliza el abuso sexual o el llamado manoseo en el transporte público como Transmilenio en Bogotá, el Mio en Cali o el Metro en Medellín.
La iniciativa endurece las penas para los atracadores del transporte público y crea medidas para que los capturados por estos hechos no sean puestos en libertad.
En contexto: Congreso busca destrabar trámite de proyectos anticorrupción
El ponente de la iniciativa Harry González del Partido Liberal resaltó que el proyecto de ley le da mayor claridad al Código de Policía.
"Aquí hay un agravante de las penas cuando hay 'narcomenudeo' y cuando el microtráfico se de afectando a los menores, igualmente, se va a decidir cuál es la cantidad de la dosis mínima y en qué casos ya no habría dosis mínima en Colombia sino tráfico de drogas", afirma el congresista.
El proyecto de ley crea otros delitos penales para afrontar la ciberdelincuencia.
"Igualmente, limitar la reincidencia criminal en delitos de alto impacto como el hurto en delitos de alto impacto o el hurto en las calle que es un fenomono que afecta a todas las ciudades. Se crean otros tipos penales para frenar la ciberdelincuencia y los delitos informáticos", manifestó el ponente de esa iniciativa de ley.