Corte Constitucional tumbó creación del Ministerio de la Igualdad: ¿por qué?
Los magistrados dieron la razón a los demandantes, que afirmaban que durante el trámite de este proyecto de ley en el Congreso.
La Corte Constitucional tumbó la creación del Ministerio de la Igualdad por vicios de trámite relacionados a la falta de estudio del impacto fiscal que tendría la creación de una nueva cartera.
Los magistrados dieron la razón a los demandantes, que afirmaban que durante el trámite de este proyecto de ley en el Congreso, no se estudió el concepto que debía ser emitido por el Ministerio de Hacienda, en donde se explicara cuál sería el presupuesto para la cartera de la igualdad.
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“No llevó a cabo el análisis de impacto fiscal de la creación del Ministerio de Igualdad y Equidad, conforme a las exigencias previstas en el artículo 7º de la Ley 819 de 2003, “[p]or la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones”, dijo la corte en un comunicado.
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El tribunal difirió los efectos de esta decisión por dos legislaturas con el objetivo de permitir que el gobierno presente nuevamente el proyecto de ley y reasigne las funciones de ese ministerio a otros sectores para evitar afectaciones a los sujetos que son objeto de atención de esa cartera.
“Esto causaría una desarticulación institucional que afectaría la implementación de la política pública que ha sido diseñada por el legislador y el ejecutivo para garantizar los derechos de sujetos de especial protección constitucional, tales como las madres cabeza de familia y las personas en situación de discapacidad”, agregó el tribunal.
La corte además estimó que el término de dos legislaturas para que se diera efectos a esta decisión permitía que el Congreso volviera a estudiar la iniciativa de creación de este ministerio, corrigiendo los vicios de trámite advertidos en la demanda.
“El Legislador, por iniciativa legislativa del Gobierno Nacional, si así lo considera, apruebe la creación del Ministerio de Igualdad y Equidad en cumplimiento de las exigencias y requisitos de aprobación de las leyes previstos en la Constitución”, concluyó la Sala Plena.