Elecciones presidenciales: ¿Hay sanciones por no votar?
Conozca si tendrá alguna sanción por no votar en las elecciones presidenciales del próximo 29 de mayo.
El pasado 13 de marzo se realizaron las elecciones legislativas para elegir a los nuevos miembros de la Cámara de Representantes y el Senado de la República. Según el calendario electoral, el próximo 29 de mayo se llevarán a cabo las elecciones presidenciales.
A los colombianos les ha surgido varias preguntas sobre la jornada electoral que se aproxima. Una de ellas, es si tendrán sanciones las personas que no se acerquen a los puestos de votación para ejercer su derecho al voto.
¿Qué es el derecho al voto en Colombia?
Según el artículo 258 de la Constitución Política, “el voto es un derecho y un deber ciudadano. El Estado velará porque se ejerza sin ningún tipo de coacción y en forma secreta por los ciudadanos en cubículos individuales instalados en cada mesa de votación sin perjuicio del uso de medios electrónicos o informáticos”
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¿Hay sanciones por no votar?
En Colombia no es obligatorio el voto, ya que es un derecho, por esta razón, las personas que no voten, no tendrán sanciones.
¿Los jurados de votación tienen sanciones por estar ausentes el día de las elecciones?
Los ciudadanos que fueron notificados para ser jurados de votación y no realicen sus funciones el día de los comicios, tendrán sanciones como la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos, y si no lo son, a una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos legales vigentes.
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¿Cuáles son los beneficios por votar?
- Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
- Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres, y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.
- Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. Un tratamiento similar, tendrán en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.
- Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.
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- Rebaja del 10 % en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.
- Descuento del 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante y a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para sufragar.