Expropiación de predios por emergencias sólo será “en casos extremos”: Gobierno
El Gobierno Nacional declaró situación de desastre natural por los incendios forestales.
El Gobierno Nacional declaró situación de desastre natural a través de la Ley 153 de 2012, a raíz de los incendios forestales que se han presentado a inicios de este 2024 en varias regiones.
Sin embargo, el artículo 75 de esa norma ha generado polémica teniendo en cuenta que contempla la “ocupación, adquisición, expropiación, demolición de inmuebles e imposición de servidumbres” en situaciones de emergencia para “garantizar el regreso a la normalidad”.
Este lunes, el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco, se refirió a las críticas explicando que es una medida que se aplicará “en casos extremos” cuando el propietario de un predio se niegue a aceptar la negociación directa con el Gobierno.
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“Si hay una zona que está completamente inundada, hay gente que corre riesgo su vida por la inundación y sólo hay un lugar en donde puede ubicarse a la gente o de la zona, ¿qué tiene que hacer el Gobierno? Va, busca una negociación directa, tiene que pagar la indemnización del precio comercial, pero el dueño del lote, dice que no la vende, entonces ahí tendría el Ejecutivo la posibilidad de entrar a expropiar vía administrativa pagando de todas maneras el precio del bien”, aseguró.
Agregó que, sin embargo, “hay procedimientos jurisdiccionales ante los tribunales para defenderse de esa decisión, pero son casos extremos a los que muy seguramente no tendremos que llegar”.
Velasco insistió en que esta Ley se aplicará “en caso excepcional” y que ya existen precedentes en el país, sobre todo para la construcción de vías “cuando se necesita un tramo para terminar una vía y no lo quieren vender, opera la expropiación vía administrativa”.