Jurados de votación: ¿se pueden juntar los dos compensatorios si hay segunda vuelta?
Las elecciones regionales en Colombia se llevarán a cabo el domingo 29 de octubre de 2023.
El próximo domingo 29 de octubre se llevarán a cabo las elecciones regionales en Colombia. Los ciudadanos ejercerán su derecho al voto y elegirán a gobernadores, diputados de las asambleas departamentales, alcaldes, concejales en todos los municipios y ciudades, y ediles.
La jornada electoral comenzará a las 8 de la mañana y finalizará a las 4 de la tarde.
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Los jurados de votación son personas importantes en la jornada electoral, ya que se encargan de atender el proceso de las elecciones, efectuar los escrutinios de mesa y registrar los resultados de la mesa en los formularios electorales.
Estos ciudadanos tienen un día completo de descanso en el trabajo por haber sido jurado de votaciones.
“Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la votación”, dice el Código Electoral.
Esto quiere decir que los jurados de votación pueden pedir el día compensatorio a partir del 30 de octubre hasta el 13 de diciembre de 2023.
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Sin embargo, se debe tener en cuenta que hay posibilidad que haya segunda vuelta en Bogotá, la cual se realizará tres semanas después. Esto quiere decir que se deberá hacer el domingo 19 de noviembre de 2023.
Por ende, surge la pregunta si los dos medios días compensatorios se pueden juntan. De acuerdo con lo anteriormente mencionado, los jurados de votación tienen derecho a dos días completos de descanso del 20 de noviembre al 13 de diciembre.