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Los sueldos que tendrán los ministros para el 2022

Se autorizó el aumento salarial de 7,26% para los empleados del sector público en todo el país.

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Actualizado:
Jueves, Marzo 31, 2022 - 10:38
Casa de Nariño
Casa de Nariño
Colprensa

El presidente Iván Duque firmó 37 decretos con los cuales se autoriza el aumento salarial de 7,26% para los empleados del sector público en todo el país.

Dicho aumento empezará a regir desde el mes de abril para los servidores de las ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial; las Fuerzas Militares y de Policía; docentes, entes autónomos, fiscalía general y órganos de control como la Contraloría y la Procuraduría General. 

Con este aumento, para la vigencia 2022, el salario del presidente de la República será equivalente a más de 34 salarios mínimos.

A partir del 1º de enero de 2022, el presidente de la República devengará, en todo tiempo, una asignación básica igual a la que devenguen los miembros del Congreso de la República y el doble de los gastos de representación que estos perciban”, es decir, $34,3 millones como lo señala el decreto. 

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El mismo monto recibirán los congresistas con un salario de 34,3 millones de pesos, lo que equivale a un aumento de $2,3 millones (7,26% más que en 2021). Sin embargo, pese a que la suma por mes rige a partir del 1 de abril de 2022, los funcionarios recibirán retroactividad desde enero hasta la fecha del próximo pago mensual. 

En el caso de la figura vicepresidencial, el Decreto 472 establece un salario mensual $28.408.081, los cuales incluyen una asignación básica de $7.783.819, así como gastos de representación por $13.806.323 y una prima de dirección por $6.817.939. 

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Los ministros y directores de despacho pasan a recibir un salario de $21.147.049, que incluye asignación básica, gastos de representación y prima de dirección. Los viceministros y subdirectores $11 ;724.764, a ellos no se les incluye la prima de dirección 

Por último, la entidad indicó que el ajuste salarial en las entidades públicas y municipales son fijados directamente por los concejos y asambleas; sin embargo, no pueden ser superiores a los topes fijados por el Gobierno. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información